Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La contabilidad comercial y la planeación tributaria (II) – Gabriel Vásquez Tristancho


El artículo 165 de la Ley 1607 del 2012 dejó varias lagunas sobre cuáles deberían ser las referencias contables a la base fiscal a partir de la aplicación de NIIF; con posterioridad, el Decreto Reglamentario presenta varias incertidumbres.

En reglamentos de impuestos cuando se intenta solucionar la casuística de cómo explicar la base fiscal con fundamento en la contabilidad, resultan miles de situaciones por resolver. Este error lo cometimos cuando intentamos reglamentar todos los casos de ajuste por inflación fiscal en 1992, con decretos, instrucciones, leyes, circulares, de cuanto interesado en el tema había, incluyendo las entidades de control. Hubo aciertos pero también infinidad de errores técnicos.

El artículo 165 de la Ley 1607 del 2012 dejó varias lagunas sobre cuáles deberían ser las referencias contables a la base fiscal a partir de la aplicación de NIIF. Con posterioridad, el Decreto Reglamentario presenta varias incertidumbres.

En nuestro sentir en el Decreto 2548 del 2012 se confundió la teneduría de libros con el concepto de libro contable desde el punto de vista de un sistema de información, donde incluso en los modelos de algunos planificadores de recursos empresariales (ERP por sus siglas en inglés) utilizan esta simbología para representar las miles de instrucciones que implica procesar datos del negocio incluido las parametrizaciones de la contabilidad regulada.

Lo anterior significa que un libro auxiliar no es lo recomendado para procesar los millones de datos de una entidad para explicar sus cifras fiscales. Entonces lo que se quiere expresar con un ‘libro tributario’ en un sistema de información, son las diferentes opciones, incluidos multilibro, multicuenta y otras alternativas técnicas, que puedan desde la misma fuente documental procesar conjuntamente con las parametrizaciones técnico/contables, los requisitos legales exigidos para determinar una base fiscal. De esta manera, existirían en un mismo sistema de información, con las mismas fuentes, el proceso de información bajo las reglas NIIF, reglas locales y reglas fiscales.

¿Qué sería lo más técnico? No dudamos en sustentar, con pruebas de escritorio a nuestros clientes, que procesar la información en un mismo sistema de información, con las mismas fuentes, que pueda tener ‘libros’ separados que expliquen las bases fiscales con total trazabilidad especialmente del segundo año en adelante y sea diferente de la contabilidad bajo NIIF (Multilibro, multicuenta).

Incluso en un futuro, cuando se tome una decisión sobre cual alternativa seguir, si integrado el sistema de información con la base fiscal o desconectado como aparentemente funcionará en la etapa de transición durante cuatro años, para la macro contabilidad que evaluará el Gobierno será imprescindible poder comparar cómo quedarán los patrimonios bajo reglas locales y bajo NIIF.

Otro de muchos temas por discutir son algunas reglas específicas que pudieran subsistir en las dos regulaciones, la fiscal y NIIF. Por ejemplo, algunos casos del patrimonio como la cuenta de revalorización de patrimonio que tiene implicaciones fiscales y comerciales. Los análisis sobre estas reglas resultan muy complejos y es necesario abordarlos de manera sistémica e histórica.

Cordialmente,

Gabriel Vasquez Tristancho

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Gabriel Vásquez Tristancho
Columnista Vanguardia Liberal. Socio impuestos Baker Tilly Colombia. Contador Público de la UNAB de Bogotá. Magister en Economía de la Pontificia Universidad Javeriana de Bogotá. Cursos en Habilidades Gerenciales en ITEMS de México. Gestión Tecnológica de la Universidad de Sao Pablo de Brasil convenio UIS. Revisoría Fiscal y Auditorí­a Externa de la UNAB en Bogotá. Investigación en las Ciencias Sociales en la UIS. Negocios Electrónicos en ITEMS de México. Decano de la Facultad de Contaduría de la UNAB. Profesor investigador. Ex-miembro del Consejo Técnico de la Contaduría. Profesor de la Maestría en Administración de ITEMS de México. Profesor investigador en pregrado y posgrados de la Universidad Congreso en Mendoza - Argentina.
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