Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ley 1429 de 2010 contempla rebajas para quienes renueven sus registros mercantiles en mora


Ficha técnica:

Actualizado: 19 enero, 2011 (hace 13 años)

Con el art.50 de esta ley se ha dispuesto que hasta diciembre de 2011 habrá plazo para que los comerciantes, personas naturales o jurídicas, puedan ponerse al día con sus procesos de la renovaciones de su matricula mercantil o la matrícula de sus establecimientos de comercio obteniendo muy importantes rebajas. De no acogerse a esta medida, las personas jurídicas serán declaradas en disolución y liquidación y a los comerciantes personas naturales se les cancelará su respectiva matrícula. Además, al ponerse al día, y si califican como Pequeñas Empresas, podrán tener otras ventajas tributarias adicionales.

Contenido:

  • Comentarios a la medida contenida en el art.50 de la Ley 1429 de 2010 sobre rebajas para quienes se pongan al día en las Cámaras de Comercio.
  • Aclaración sobre el periodo en que prescriben las deudas con las cámaras de comercio

Diapositivas

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Material complementario:

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