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Ley 2130 del 04-08-2021

La Ley 2130 de 2021 tiene por objeto establecer beneficios tributarios para las personas naturales y jurídicas que realicen donaciones a programas de becas para financiar la formación de quienes ingresen a la fuerza pública y aquellos alumnos que, una vez vinculados a los programas, cumplan con las exigencias académicas y apliquen al programa de becas.

Las becas de estudio de las que trata esta ley podrán ser totales o parciales, o créditos condonables que podrán incluir matrícula, dotación, manutención, útiles, libros y transporte, de acuerdo con la reglamentación expedida por el Gobierno nacional al respecto de las condiciones de asignación y funcionamiento de los programas de becas y créditos condonables a los cuales hace referencia el artículo 4 de la ley en mención.

Fecha de publicación: 4 de agosto de 2021
Ley 2130 del 04-08-2021
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Congreso de la República
Ley 2130

Agosto 04 de 2020

El Congreso de la República expidió la Ley 2130 de 2021, por medio de la cual se establecen incentivos tributarios para la formalización y educación de la fuerza pública. Becas para la fuerza pública.

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