Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Licencias e incapacidades, despido o terminación del contrato y calamidades


Ficha técnica:

  • Duración: 01:11:51
Actualizado: 30 marzo, 2015 (hace 9 años)

Sobre esta conferencia…
La licencia de maternidad es de 14 semanas, obligatoriamente debe iniciar como mínimo con una semana de anterioridad. Su condición cambia si se presentan niños prematuros, parto múltiple o si muere la madre. Al hablar de incapacidades, mientras la EPS las paga a partir del tercer día en adelante, la ARP lo hace desde el día siguiente de la ocurrencia de la misma.

Sobre el conferencista..
Alexander Coral Ramos, abogado, experto en Derecho Laboral, seguridad social y Derecho Comercial con dos Posgrados, Especialista en Derecho Constitucional y en Derecho Administrativo. Docente en pregrado y posgrado en varias universidades del país. Conferencista del portal actualicese.co

Autor de las publicaciones “Guía Avanzada de Derecho Laboral y Seguridad Social”, “Impacto de las Sentencias de la Corte Constitucional en el mundo laboral colombiano”, “Régimen de Propiedad Horizontal” y centenares de Editoriales y artículos sobre Derecho Laboral y Seguridad Social en Revistas Universitarias, Cámara de Comercio de Cali y Periódicos Regionales.

 

* Si desea tener el curso completo, lo puede adquirir en: Nómina, Derecho Laboral y Seguridad social

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