En caso de que los miembros del sindicato tengan reuniones o celebren eventos como encuentros internacionales, ¿quiénes deben costear los gastos? ¿El empleador debe otorgar una licencia especial para dichos trabajadores o adelantar días de vacaciones?
Responde conferencista: Angie Vargas
En caso de que los miembros del sindicato tengan reuniones o celebren eventos como encuentros internacionales, ¿quiénes deben costear los gastos? ¿El empleador debe otorgar una licencia especial para dichos trabajadores o adelantar días de vacaciones?
Pregunta resuelta 25 de octubre de 2021
La abogada Angie Marcela Vargas, especialista en derecho laboral y de seguridad social, indica si el empleador se encuentra obligado a otorgar una licencia especial para un trabajador miembro del sindicato cuando tenga reuniones o celebre eventos, según lo establecido en el numeral 6 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo.
También, señala quiénes deben costear los gastos de los miembros del sindicato cuando tengan reuniones o celebren eventos como encuentros internacionales.
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