Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Lineamientos de la reforma tributaria frente a los nuevos marcos técnicos normativos


Lineamientos de la reforma tributaria frente a los nuevos marcos técnicos normativos
Actualizado: 14 febrero, 2018 (hace 6 años)

La Ley 1819 de 2016 aprueba las normas para que las cifras contables, obtenidas bajo los nuevos marcos normativos, tengan efecto en la determinación de las bases fiscales a partir del 2017. Por su parte, el ET establece las partidas que no tendrán reconocimiento para efectos del impuesto de renta.

En conformidad con el artículo 376 de la Ley 1819 de 2016, se deroga el artículo 165 de la Ley 1607 de 2012, donde expresa que las cifras financieras de los obligados a llevar contabilidad, que además apliquen los nuevos marcos normativos bajo normas internacionales, tendrán efectos fiscales, pues serán el punto de partida para obtener las bases fiscales a partir del 2017 (al menos para la determinación del impuesto de renta).

Ahora bien, tenga en cuenta que la inadecuada implementación de los Estándares Internacionales ocasionará inconvenientes frente a las autoridades fiscales. Es por esto que el Dr. Gildardo Hoyos, en el seminario en línea «Lineamientos de la reforma tributaria frente a los nuevos marcos técnicos normativos», nos indica los requerimientos necesarios para la aplicación de los nuevos marcos técnicos normativos en aspectos como:

  • Lección 1: Contabilidad de causación, acumulación o devengo.
  • Lección 2: Depreciación y sus modificaciones de acuerdo con la legislación tributaria.
  • Parte 1: Deducción por depreciación.
  • Parte 2: Limitaciones a la deducción por depreciación.
  • Lección 3: Activos biológicos para obligados a llevar contabilidad.
  • Lección 4: Contratos de arrendamiento operativo y el arrendamiento financiero o leasing.
  • Lección 5: La contabilidad como medio de prueba.

Adopciones establecidas por la reforma tributaria

Acorde a los diferentes lineamientos que establece la Ley 1819 de 2016 de la reforma tributaria con los nuevos marcos técnicos normativos, se menciona lo siguiente:

  1. Determinación del impuesto sobre la renta y complementario, en el valor de los activos, pasivos, patrimonio, ingresos, costos y gastos. Los sujetos pasivos de este impuesto obligados a llevar contabilidad, aplicarán los sistemas de reconocimientos y medición, de conformidad con los marcos técnicos normativos contables vigentes en Colombia (artículo 21-1 del ET).
  2. Los artículos 92 al 95, antes contenidos en la Ley 1819 de 2016, establecían las disposiciones sobre la determinación de las rentas para la actividad pecuaria. El artículo 57 de dicha ley modificó estos artículos e incluyó el concepto de activos biológicos.

Por lo anterior, le recomendamos la capacitación en línea de Lineamientos de la reforma tributaria frente a los nuevos marcos técnicos normativos, donde podrá profundizar en lo relacionado con la obsolescencia parcial, limitaciones a la deducción por depreciación, activos biológicos productores, renta bruta especial en la enajenación de activos, tratamiento de arrendamientos financieros o leasing, entre otros.

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