Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Liquidación de IBL con base en la vida laboral del trabajador ¿es posible?


Actualizado: 25 febrero, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta:

Una persona que está a dos años de pensionarse con Colpensiones ¿puede solicitar para la liquidación de su IBL que se tenga en cuenta la historia laboral desde el inicio, o debe liquidarse obligatoriamente con el promedio de los últimos diez años, cuando últimamente sus salarios han sido en proporción 60 % más bajos?

Natalia Elena Jaimes Lúquez, experta y consultora en derecho laboral señala que el artículo 2.2.1.3.1 del Decreto 1833 de 2016 compila las normas del sistema general de pensiones, en el cual se establece que el ingreso base de liquidación de la pensión de vejez, invalidez y sobrevivientes es igual a:

“El promedio de los salarios o rentas mensuales de los últimos diez (10) años de cotizaciones o su equivalente en número de semanas sobre las cuales efectivamente se cotizó, actualizados anualmente con base en la variación del índice de precios al consumidor, total nacional, según la certificación del DANE.”

También es de vital importancia conocer que los aportantes al régimen de prima media con prestación definida administrado por Colpensiones deben cumplir dos requisitos para acceder a la pensión: contar con 1.300 semanas cotizadas, y 62 años de edad si se trata de un hombre o 57 si es mujer.

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