Cuando se presenta por primera vez la declaración del impuesto sobre la renta, se debe tomar el impuesto neto de renta y aplicarle el 25%; al resultado de esta operación se le deben restar el total de las retenciones en la fuente; si el resultado final es mayor a cero, el mismo corresponderá al valor al anticipo de este impuesto; si por el contrario, el resultado es menor que cero, no habrá lugar al pago de un anticipo del impuesto de renta.
Cuando se presenta por primera vez la declaración del impuesto sobre la renta, se debe tomar el impuesto neto de renta y aplicarle el 25%; al resultado de esta operación se le deben restar el total de las retenciones en la fuente; si el resultado final es mayor a cero, el mismo corresponderá al valor al anticipo de este impuesto; si por el contrario, el resultado es menor que cero, no habrá lugar al pago de un anticipo del impuesto de renta.
Ahora bien, si es la segunda vez que se presenta la declaración del impuesto sobre la renta, se debe optar por uno de los dos cálculos siguientes:
Entre los dos cálculos, se toma el que menor resultado le arroje y dicho valor corresponderá al anticipo del impuesto.
Si es la tercera vez (y de allí en adelante) que se presenta la declaración del impuesto sobre la renta, se debe optar por uno de los dos siguientes cálculos:
Entre los dos cálculos, se toma el que menor resultado le arroje y dicho valor corresponderá al anticipo del impuesto.