Este liquidador le permitirá calcular los conceptos salariales más comunes en las empresas, como sueldo básico, recargos y horas extras, comisiones y bonificaciones. Además se calcularán automáticamente las deducciones de salud y pensión y fondo de solidaridad pensional. Entre otros conceptos.
Este liquidador le permitirá calcular automáticamente los conceptos salariales más comunes en las empresas, como sueldo básico, recargos y horas extra, comisiones y bonificaciones, además del cálculo de las deducciones de salud y pensión, fondo de solidaridad pensional, entre otros.
Este liquidador le permitirá ingresar los datos personales de los trabajadores que integran la nómina de la empresa, como nombre completo y el documento de identificación. Posteriormente, deberá ingresar el salario básico mensual que devenga cada trabajador e indicar si este se ha pactado como salario integral y el número de días laborados en el mes.
Con dicha información, el liquidador calculará el salario básico que debe pagarse al trabajador; este estará sujeto al número de días que se hayan indicado.
El liquidador cuenta con un control de detalle donde podrá ingresar la cantidad de horas extras laboradas por el trabajador según su tipo (diurnas, nocturnas, dominicales, etc.). A partir de esta información, el sistema calculará automáticamente los respectivos recargos, totalizará y registrará el valor correspondiente en la columna de “extras y recargos”.
Las comisiones harán base para cotización a los aportes de seguridad social, mientras que las bonificaciones sumarán base para cotizar, siempre que se indique, en la casilla de enseguida, la opción “sí”.
El liquidador calculará automáticamente el pago del auxilio de transporte, siempre que el salario no supere los 2 smmlv.
Las deducciones por estos conceptos se harán automáticamente, una vez se hayan diligenciado la totalidad de celdas correspondientes a la categoría de “devengos”.
Los aportes al fondo de solidaridad pensional se calcularán automáticamente, dependiendo del monto que devengue el trabajador, en las proporciones establecidas en la Ley 100 de 1993 que se han fijado para tal efecto.