Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Lo + leído en actualicese.co este 2013


Lo + leído en actualicese.co este 2013
Actualizado: 31 diciembre, 2013 (hace 10 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Los cambios en el IVA y el nuevo impuesto al consumo que tienen aplicación a partir de enero 1 de 2013
  • ¿Cómo queda el régimen simplificado del IVA para el 2013?
  • ¿Qué cambios introdujo la Ley 1607 en la retención en la fuente sobre pagos laborales?
  • Gobierno reglamentó retención por salarios y por servicios a “empleados” de la Ley 1607
  • ¿Cómo contabilizar la autorretención del CREE de acuerdo con el nuevo Decreto 1828 de 2013?

Según nuestras estadísticas estos fueron los 5 artículos que mas leyeron y fueron consultados por nuestra comunidad contable. Por su contenido y análisis seguramente dieron mucho de qué hablar.

Los cambios en el IVA y el nuevo impuesto al consumo que tienen aplicación a partir de enero 1 de 2013

Los arrendamientos para usos diferentes de vivienda y la hotelería quedaron con IVA del 16%. En los restaurantes es posible que se tenga que seguir cobrando IVA del 16%, o impuesto al consumo del 8%, o ninguno de esos dos impuestos. En los vehículos y la telefonía se verán los dos impuestos.

¿Cómo queda el régimen simplificado del IVA para el 2013?

Nuevamente son 8 los requisitos que se deben cumplir en su totalidad durante el 2013 por parte de las personas naturales que pretendan operar bajo este régimen, pues la reciente Reforma Tributaria, Ley 1607 diciembre de 2012, no hizo cambios en este punto. Además, en los servicios de restaurantes, cafeterías, bares y similares, las personas naturales y jurídicas que presten este servicio dejan de ser responsables de IVA y serán responsables del nuevo impuesto al consumo si se dan ciertas condiciones. De igual forma, si se trata de “trabajadores por cuenta propia” que al final del año declararán renta y el impuesto de renta lo calcularán voluntariamente con el IMAS creado en la Ley 1607, entonces la DIAN sí les exigirá llevar contabilidad.

¿Qué cambios introdujo la Ley 1607 en la retención en la fuente sobre pagos laborales?

La depuración mensual de los pagos laborales tiene para el año 2013 y siguientes bastantes novedades. Incluso, a partir de abril 1 de 2013, la retención obtenida ya sea con el procedimiento 1 o 2, deberá compararse con la nueva tabla de “retención mínima”.

Gobierno reglamentó retención por salarios y por servicios a “empleados” de la Ley 1607

El Decreto 099 de enero 25 de 2013 estableció que la tabla del art.383 del E.T. se aplicará tanto a los pagos laborales como a los pagos o causaciones por prestación de servicios. Los pagos laborales seguirán teniendo una depuración especial diferente a la que se realizará a los pagos o causaciones por servicios, y lo único que compartirán serán las tarifas de la tabla del art.383. Además, a partir de abril de 2013, tanto el que cobra salarios como servicios tendrán una misma base mínima sobre la cual se les calculará la retención mínima.

¿Cómo contabilizar la autorretención del CREE de acuerdo con el nuevo Decreto 1828 de 2013?

Antes de poder calcular y contabilizar una autorretención del CREE, es necesario que cada quien tenga claro por lo menos siete puntos básicos importantes. Análisis de caso práctico de cálculo y autorretención del CREE

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