Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Madres comunitarias continúan su lucha por derechos laborales


Madres comunitarias continúan su lucha por derechos laborales
Actualizado: 1 mayo, 2017 (hace 7 años)

* Foto: www.elmundo.com

Las madres comunitarias de Colombia, en su lucha por asegurar un contrato de trabajo a término indefinido con el ICBF y subsidio permanente a la vejez, vienen sufriendo las verdes y las maduras luego que el presidente Santos frenara el proceso de un proyecto de ley que podía beneficiarlas.

A mediados de abril, un fallo de la Corte Constitucional que buscaba proteger los derechos laborales de 106 madres comunitarias se cayó, en su mayoría, en la sala plena de dicho tribunal. Los magistrados eliminaron la posibilidad de que se reconozca que entre el Bienestar Familiar y las madres existe un contrato realidad desde el día de su vinculación a la entidad, y que en consecuencia se les deben reconocer salarios, prestaciones sociales y pensión de manera retroactiva.

¿Se imaginan entonces la cantidad de madres comunitarias que han pasado por la entidad? Según cuentas del ICBF, las implicaciones de esta decisión podría superar los 20 billones de pesos. Fue así como el gobierno, en cabeza del ICBF, pidió la nulidad de la sentencia.

En consecuencia, la Corte tumbó la mayoría de la sentencia. En reconocimiento a la dignidad, a la seguridad social y al mínimo vital, el alto tribunal ordenó que las 106 madres sean cobijadas con la Ley 1450 de 2011, la cual reconoció beneficios económicos para las madres que no alcanzaran las condiciones para ser pensionadas.

Se formalizó también, que las personas que dejen de ser madres comunitarias y no reúnan los requisitos para acceder a la pensión, ni sean beneficiarias del programa BEPS del régimen subsidiado en pensiones, tendrán acceso al subsidio de la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional. Esta decisión permitirá que las 106 madres cobijadas por el fallo accedan a este “subsidio” que les corresponde por ley.

Un nuevo revés se había presentado a principio de año

Argumentando razones de inconstitucionalidad e inconveniencia, el presidente Juan Manuel Santos objetó, en enero de este año, el proyecto de ley que vinculaba como trabajadoras formales del Estado a cerca de 55 mil madres comunitarias del ICBF.

El Gobierno rechazó el proyecto de ley al considerar que su puesta en marcha llevaría a habilitar recursos presupuestales nuevos por valor de $769.748 millones cada año. Además, consideró el mandatario, el ICBF pasaría de tener 6.000 servidores públicos a 61.000.

Por medio de un comunicado, la presidencia informó que el proyecto de ley «es inconveniente en su integridad, ya que el artículo que regula la formalización de las madres comunitarias (…) resulta contrario a la Constitución y genera un impacto fiscal de enormes proporciones».

Añadió Santos que «los artículos que desarrollan el subsidio a la vejez y la educación gratuita afectan seriamente la estabilidad de las finanzas públicas, el equilibrio macroeconómico y el principio constitucional de sostenibilidad fiscal».

La Corte Constitucional admitió en 2016 la posibilidad de que entre las madres comunitarias y el ICBF pueda existir un vínculo laboral. Lo anterior, implica que en los casos donde se compruebe esta relación, a través de una autoridad judicial, el ICBF deba pagar los aportes pensionales del tiempo en el que la madre laboró.

Sobre el tema, la ministra del trabajo, Clara López, dijo en entrevista radial con La FM:

“Si ahora van a formalizar a las más de 70.000 madres no solo hay que seguir los protocolos. Si usted le va a decir a las madres que entren en concurso para ser funcionarios públicos se les va a quitar la posibilidad de que sean contratadas directamente por operadores nuevos. No sé dónde está la suposición de que las madres no están devengando”.

Así mismo, agregó que acompaña la objeción del presidente de la República: “Soy consciente de que la formalización se debe hacer dentro de cánones de la razonabilidad. No es razonable decir que se ponga competir con doctores porque no van a tener estabilidad”.

El autor del proyecto de ley, senador Alexander López, del Polo Democrático, está en desacuerdo con los argumentos del presidente.

“Santos se equivoca e incurre en una actitud miserable al objetar el proyecto de ley de las madres comunitarias, en una decisión lamentable que desdice de su condición de presidente de la República que ocasiona que más 1,5 millones de niños y niñas pierdan la posibilidad de tener una alimentación adecuada basada en las necesidades nutricionales de su edad y peso, incluidos en el proyecto de ley”, explicó a los medios de comunicación.

Por último, el senador concluye que:

“No es cierto que los derechos prestacionales de las madres comunitarias demanden recursos económicos adicionales al presupuesto ya existente para tal fin, que en la actualidad se malgasta en especuladores, intermediarios y operadores innecesarios”.

7 razones del Gobierno por las cuales se objetó el Proyecto de Ley 127 de 2015 Senado – 277 de 2016 Cámara

  • El proyecto de ley es inconveniente en su integridad, ya que el artículo que regula la formalización de las madres comunitarias resulta contrario a la Constitución y genera un impacto fiscal de enormes proporciones. Así mismo, los artículos que desarrollan el subsidio a la vejez y la educación gratuita afectan la estabilidad de las finanzas públicas, el equilibrio macroeconómico y el principio constitucional de sostenibilidad fiscal.
  • La vinculación directa al ICBF en calidad de empleadas de las madres comunitarias, le representaría erogaciones del orden de $769.748 millones anuales. El ICBF pasaría de tener 6.000 servidores públicos a 61.000.
  • Se considera innecesario el subsidio permanente a la vejez ya que hoy existe el subsidio pensional, pero adicional a esto, las madres comunitarias tienen acceso a los BEPS y al cálculo actuarial establecido para ellas por ley.
  • Las madres comunitarias ya pueden acceder al programa de Beneficios Económicos Periódicos –BEPS–, a subsidios para el Fondo de Solidaridad Pensional y a realizar cotizaciones al sistema pensional bajo parámetros preferenciales con respecto al resto de la población trabajadora.
  • Sobre el derecho a la educación, el Gobierno considera que la capacitación y formación profesional de las madres comunitarias no ha dejado de ser una prioridad.
  • El ICBF ha suscrito convenios con universidades en las que las madres comunitarias pueden recibir descuentos sobre el costo inicial de la matrícula. Actualmente, 1163 de ellas están en proceso de profesionalización.
  • Desde el 2014 las madres comunitarias gozan de protección laboral mediante su vinculación con las entidades administradoras del programa Hogares Comunitarios de Bienestar, a través de contratos laborales, lo que genera las garantías mínimas previstas en la legislación laboral colombiana.

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