Si una persona natural residente en Colombia compró un tiempo compartido en Estados Unidos en el año 2016, ¿debo reportarlo como activos en el exterior y en la declaración de la renta?
Resuelta 27 de junio de 2017
Si una persona natural residente en Colombia compró un tiempo compartido en Estados Unidos en el año 2016, ¿debo reportarlo como activos en el exterior y en la declaración de la renta?
Resuelta 27 de junio de 2017
Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, señala que cuando se adquieren franquicias vacacionales, es decir, tiempos compartidos, se termina formando un activo porque en la mayoría de los casos estas pueden ser vendidas y convertirse en un derecho apreciable en dinero, por lo tanto, debe reportarse en la declaración de renta de la persona natural. Adicionalmente, se aclara que, para el caso en mención, no habría razón para incluir los tiempos compartidos en la declaración de activos del exterior.