Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Manifestaciones escritas: esto dice la NIA 580 al respecto


Manifestaciones escritas: esto dice la NIA 580 al respecto
Actualizado: 6 octubre, 2016 (hace 8 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • A quién es pertinente solicitarle información por escrito
  • Algunos puntos a clave a tener en cuenta
  • NIA que contienen requerimientos sobre manifestaciones escritas

La Norma Internacional de Auditoría 580 recalca la importancia de que el auditor, al revisar estados financieros, obtenga manifestaciones escritas de la dirección y en algunos casos de los responsables del gobierno de la entidad; la guía al respecto puede consultarse en el anexo 4 del DUR 2420 del 2015.

Como toda operación formal en las compañías, la comunicación entre el auditor y los altos mandos de las empresas no es ajena a la necesidad de elevar un respaldo escrito de los pronunciamientos.  En vista de las dificultades que en ocasiones implica la comunicación verbal, las manifestaciones escritas se convierten en una fuente importante de evidencia para la auditoría.

Cuando la dirección de una entidad, o en general cualquier sujeto involucrado en la revisión, modifique o no facilite comunicación escrita sobre sus tareas, tal circunstancia debe representar una alerta para el auditor respecto a la posibilidad de otras cuestiones significativas que aún estén sin identificar.

Dada la seriedad que representa la comunicación escrita sobre la verbal, este tipo de estrategia supone, en la mayoría de los casos, un mayor rigor en la consideración de cuestiones, lo que mejora la calidad del trabajo realizado.

A quién es pertinente solicitarle información por escrito

Dadas las particularidades de la labor realizada por cada uno de los trabajadores de una organización, habrán casos en los que resulta innecesario solicitar información por escrito. Por ejemplo, esto ocurre a menudo con el personal de planta, que no puede descuidar su labor operativa para redactar un informe, y además, en estos casos, un diálogo de contrapregunta desligado de un esquema formal puede ser mucho más provechoso.

Ahora bien, entre los casos que requieren la solicitud de información escrita, está el de los responsables de preparar los estados financieros. El departamento de contabilidad puede variar en función de la estructura del gobierno de la entidad y/o de las disposiciones legales aplicadas, sin embargo, la administración es el responsable directo de la labor que ahí se adelanta, aunque se ejecute con ayuda de un contador público profesional.

En tal sentido, las comunicaciones escritas pueden ser solicitadas al presidente ejecutivo y al director financiero de la empresa o a personas con cargos equivalentes en aquellas entidades que no utilicen las denominaciones mencionadas.

En vista del alto nivel de responsabilidad asignado a la administración, no solo al preparar información financiera sino en la gestión general del negocio, se espera que quienes ocupan dichos cargos tengan un conocimiento amplio y suficiente sobre el funcionamiento habitual de la organización, preparación y  presentación de su información en los estados contables. Por esto, son los más idóneos para justificar sus respuestas escritas a cualquier solicitud del auditor.

Algunos puntos a clave a tener en cuenta

  • En su calidad de evidencia, las manifestaciones escritas no pueden tener una fecha posterior al informe de auditoría.
  • Estas se realizan sobre el período completo informado en los estados financieros sujetos a auditoría.
  • El auditor y la dirección pueden acordar una manifestación escrita que actualice pronunciamientos sobre un tema en particular, abordado en períodos anteriores.
  • La renovación de personal de dirección no lo exonera de responsabilidad con relación a los estados financieros en su conjunto y, por tanto, el auditor puede solicitarle, cuando lo considere pertinente, cualquier información que cubra la totalidad del periodo sobre el que se informa, aun cuando éste no haya estado presente en su totalidad.
  • Cuando la dirección se rehúse a   manifestarse o presente opiniones que contradigan otros soportes presentados, los efectos sobre los estados financieros no se limitan a cuentas o partidas concretas, sino que son generalizados y por tanto, según la NIA 705, el auditor debe evaluar la gravedad del asunto y denegar su opinión sobre los estados financieros.
  • Cuando la organización tenga reservas sobre la competencia, integridad, valores éticos o diligencia de la dirección, puede ocurrir que las manifestaciones de la dirección contengan inexactitudes capaces incluso de imposibilitar la realización de la auditoría y, por tanto, obligar al auditor a contemplar la posibilidad de renunciar al cargo.

NIA que contienen requerimientos sobre manifestaciones escritas

La Norma Internacional de Auditoría 580 contiene en su anexo una relación de los demás apartados del Estándar en los que se requieren manifestaciones escritas específicas sobre un tema en particular:

  • NIA 240 – Responsabilidades del auditor en la auditoría de estados financieros con respecto al fraude. Apartado 39.
  • NIA 250 – Consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en la auditoría de estados financieros. Apartado 16.
  • NIA 450 – Evaluación de las incorrecciones identificadas durante la realización de la auditoría. Apartado 14.
  • NIA 501 – Evidencia de auditoría. Consideraciones específicas para determinadas áreas. Apartado 12.
  • NIA 550 – Partes vinculadas. Apartado 26.
  • NIA 560 – Hechos posteriores al cierre. Apartado 9.
  • NIA 570 – Empresas en funcionamiento. Apartado 16.
  • NIA 710 – Información comparativa. Cifras correspondientes a períodos anteriores y estados financieros comparativos. Apartado 9.

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