Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Mecanismo de obras por impuestos: procedimientos para tener en cuenta


Mecanismo de obras por impuestos: procedimientos para tener en cuenta
Actualizado: 14 mayo, 2019 (hace 5 años)

El artículo 238 de la Ley 1819 de 2016 define el mecanismo de obras por impuestos como un incentivo tributario que promueve el cierre de las brechas de desigualdad existentes en las zonas más afectadas por el conflicto armado. Dicho mecanismo solo estará vigente hasta el 30 de junio de 2019.

Una de las novedades introducidas por la Ley 1943 de 2018, con relación al mecanismo de obras por impuestos (artículo 238 de la Ley 1819 de 2016 ), es precisamente el establecimiento de la fecha de vigencia, que aplicará únicamente para los proyectos que sean aprobados al 30 de junio de 2019.

Los contribuyentes que opten por acogerse a este mecanismo deberán manifestar el interés, y estructurar las iniciativas. Por su parte, el Departamento Nacional de Planeación deberá estudiar la viabilidad del proyecto, la Agencia para la Renovación del Territorio aprobará mediante acto administrativo la suscripción del convenio para realizar el proyecto, y finalmente el contribuyente se comprometerá a ejecutar el proyecto en los términos señalados para recibir el beneficio una vez este sea entregado.

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