Respuesta de Juan Fernando Mejía a la pregunta:
¿En la declaración de renta se deben presentar los activos a valor razonable o al costo fiscal?
Respuesta de Juan Fernando Mejía a la pregunta:
¿En la declaración de renta se deben presentar los activos a valor razonable o al costo fiscal?
Juan Fernando Mejía, experto en Normas Internacionales e impuestos señala que, conforme a las disposiciones fijadas en el Estatuto Tributario, en la declaración de renta los activos deben ser presentados por el costo fiscal y no con las valoraciones hechas bajo los preceptos fijados en los Estándares Internacionales, pues el contribuyente se podría enfrentar a diferencias significativas reflejadas en el cálculo de rentas por comparación patrimonial sustanciales.
Respecto a lo anterior, el artículo 69 del Estatuto Tributario establece que para efectos del impuesto sobre la renta y complementario el costo fiscal de los elementos de propiedad, planta y equipo de los contribuyentes obligados a llevar contabilidad será el resultado de sumar el precio de adquisición y los costos directamente atribuibles.