De acuerdo con lo establecido en la Ley 31 de 1992, el Banco de la República reiteró de acuerdo con el análisis realizado por el Dane que su meta de inflación es de 3 % para el 2020.
De acuerdo con lo establecido en la Ley 31 de 1992, el Banco de la República reiteró de acuerdo con el análisis realizado por el Dane que su meta de inflación es de 3 % para el 2020.
La inflación es un incremento sostenido y generalizado del nivel de los precios de bienes y servicios existentes en el mercado, generalmente durante el período de un año; cuando la inflación incrementa, el dinero pierde su valor, ya que la inflación y sus variaciones infieren en el poder adquisitivo de la moneda, pues si los precios aumentan el dinero alcanza para comprar una cantidad menor de bienes y servicios.
En Colombia la inflación se calcula a través de la variación del Índice de Precios al Consumidor –IPC–, que mide el cambio mensual promedio en los precios de una canasta de bienes y servicios que representa el consumo de los hogares nacionales. La meta de inflación se determina a partir de la variación anual (doce meses) a diciembre de cada año del IPC calculado por el Dane.
Desde 1993 la junta directiva del Banco de la República ha establecido la meta de inflación para cada año según lo previsto en el parágrafo del artículo 2o de la Ley 31 de 1992. Entre 1993 y 2001 dicha entidad estableció metas puntuales de inflación anual. En noviembre de 2001, la junta directiva informó que la meta a largo plazo de inflación es del 3 % y en un comunicado de prensa emitido el 25 de noviembre de 2019 reiteró dicho porcentaje para la meta de la misma, decisión que no ha sido cambiada hasta el momento.
De esta manera, la junta directiva del Banco de la República ratificó su compromiso con la estabilidad de precios al mantener el mismo 3 % para el 2020.