Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Método del interés efectivo, ¿en qué casos se aplica?


Método del interés efectivo, ¿en qué casos se aplica?
Actualizado: 17 mayo, 2017 (hace 7 años)

Los nuevos estándares de información financiera trajeron consigo el concepto de interés efectivo. En este editorial le explicamos en qué consiste, y en qué casos debe usarse de acuerdo a la sección 11 del Estándar para Pymes.

“La metodología del costo amortizado requiere que la entidad tenga información acerca de los flujos de efectivo contractuales del instrumento”

La sección 11 del Estándar para Pymes requiere que una entidad mida sus instrumentos financieros clasificados como instrumentos de deuda (como cuentas por cobrar o inversiones en CDT o bonos) utilizando la metodología del costo amortizado y el método del interés efectivo.

La metodología del costo amortizado requiere que la entidad tenga información acerca de los flujos de efectivo contractuales del instrumento, incluyendo información sobre la tasa de interés aplicable y el número de cuotas que va a recibir.

En muchos casos los acuerdos contractuales generan instrumentos financieros cuyo plazo para pago es relativamente corto (por ejemplo menor a un periodo) y sobre los cuales no se pacta ninguna tasa de interés, tal es el caso por ejemplo de:

a. Cuentas por cobrar a clientes derivados de venta de bienes o prestación de servicios.

b. Retenciones sobre contratos por parte de los clientes.

c. Préstamos pagables mediante compensación de cuentas.

d. Cuotas de administración en copropiedades.

En los casos planteados anteriormente, no es necesario aplicar un modelo del costo amortizado, dado que:

a. Las transacciones se realizan en un plazo muy corto (por lo general menos de un periodo).

b. En la mayoría de los casos no existe componente de financiación implícita.

c. Casi nunca se pactan intereses entre las partes.

d. Aunque la ley permite cobrar intereses por mora, en la práctica muy pocas entidades lo hacen.

Uso del método del interés efectivo

“El método del interés efectivo es un método de cálculo del costo amortizado de un activo financiero y de distribución del ingreso por intereses a lo largo del periodo correspondiente”

Cuando la transacción incluye un elemento de financiación, o bien, se pacta su pago aplazado o por cuotas, la entidad debe medir el instrumento utilizando el método del interés efectivo.

El método del interés efectivo es un método de cálculo del costo amortizado de un activo financiero y de distribución del ingreso por intereses a lo largo del periodo correspondiente. La tasa de interés efectiva es la tasa de descuento que iguala exactamente los flujos de efectivo por cobrar o por pagar estimados a lo largo de la vida esperada del instrumento financiero o cuando sea adecuado, en un periodo más corto, con el importe en libros del activo financiero o pasivo financiero.

Veamos un ejemplo

Celsia SA es una entidad que comercializa con maquinaria pesada. En febrero de 2017 vendió tres grúas telescópicas, con las siguientes condiciones:

  1. La primera grúa se la vendió de contado a un cliente por un valor de $700.000.000.
  2. La segunda se la vendió a un cliente con un plazo de 120 días. Dado que el recaudo no sería inmediato, la venta se cerró por un valor total de $750.000.000
  3. La tercera venta se pactó para ser pagada en 12 cuotas de $70.000.000 mensuales.

Aunque en los tres casos se trata de la venta de grúas telescópicas, es claro que en las transacciones 2 y 3 existe un elemento de financiación implícita, pues el precio total es superior a lo que la entidad cobraría si la venta se recaudara de contado.

Estas ventas deben contabilizarse de la siguiente manera:

Venta 1. Dado que el recaudo es de contado, simplemente se reconoce el valor de la venta y la cuenta por cobrar con su posterior recaudo:

Cuenta

Débito

Crédito

Ingresos – Ventas

$700.000.000

Cuentas por cobrar

$700.000.000

 

Cuenta

Débito

Crédito

Cuentas por cobrar

$700.000.000

Banco

$700.000.000

Venta 2. El valor del ingreso por ventas es igual que en el caso 1, y la diferencia entre ese valor, y el total cobrado al cliente, se debe reconocer como ingreso por intereses:

Cuenta

Débito

Crédito

Ingresos – Ventas

$700.000.000

Cuentas por cobrar

$700.000.000

El recaudo se reconoce así:

Cuenta

Débito

Crédito

Ingresos – Intereses

$50.000.000

Cuentas por cobrar

$700.000.000

Bancos

$750.000.000

Venta 3. En este caso, dado que el recaudo se realizará en 12 cuotas, es recomendable elaborar una tabla de amortización, para determinar el valor de los intereses de cada cuota.

Dado que el bien comercializado tiene un precio de contado, se usa este precio como valor inicial del instrumento, y se halla la tasa de interés efectiva, que es la que iguala los flujos de efectivo futuros del instrumento.

Monto

$700.000

Plazo

12

Cuota

$70.000

Tasa

2,92%

Con estos datos se construye la tabla de amortización, así:

Tabla de amortización (en miles de pesos)

Mes

Saldo inicial
($)

Cuota
($)

Interés
($)

Abono
($)

Saldo final
($)

1

700.000

70.000

20.460

49.540

650.460

2

650.460

70.000

19.012

50.988

599.472

3

599.472

70.000

17.522

52.478

546.994

4

546.994

70.000

15.988

54.012

492.981

5

492.981

70.000

14.409

55.591

437.391

6

437.391

70.000

12.784

57.216

380.175

7

380.175

70.000

11.112

58.888

321.287

8

321.287

70.000

9.391

60.609

260.678

9

260.678

70.000

7.619

62.381

198.297

10

198.297

70.000

5.796

64.204

134.093

11

134.093

70.000

3.919

66.081

68.012

12

68.012

70.000

1.988

68.012

0

Del valor recaudado en cada mes, la parte correspondiente a intereses se reconoce como ingresos del periodo, y la parte correspondiente a abono será la disminución del instrumento financiero.

CP. Juan David Maya Herrera
Consultor de Estándares Internacionales de Información Financiera
Certificación Internacional por el ICAEW en IFRS Full (NIIF Plenas)

*Exclusivo para Actualícese

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