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Ministerio de Hacienda se equivoca por dos años consecutivos al redactar decreto para plazos de declaraciones


Actualizado: 15 diciembre, 2008 (hace 15 años)

Al examinar la redacción contenida en el paragrafo 1 del artículo 1 del decreto 4680 del 12 de diciembre de 2008, decreto por medio del cual se fijaron los plazos para vencimientos de declaraciones de impuestos nacionales durante el 2009, es sorprendente ver como el Ministerio de Hacienda cometió el mismo error que ya estuvo contenido en el parágrafo 1 del artículo 1 del decreto 4818 de diciembre 14 de 2007, decreto en el que se fijaron los vencimientos para los mismos tipos de declaraciones pero durante el año 2008.

El error consiste en que el Ministerio sigue citando, como si estuviese vigente, la norma del decreto 408 de 2001 que en el pasado fue la norma que regulaba los procesos de quienes presentan sus declaraciones en forma virtual. Pero se sigue olvidando el Ministerio que dicho decreto 408 de 2001 fue derogado con el articulo 11 del decreto 1791 de mayo 23 de 2007. Por tanto, el Ministerio no debería citar un decreto que ya está derogado.

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