Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ministerio de Trabajo confirma que en Colombia no se podrán hacer huelgas que afecten el servicio aéreo


Actualizado: 30 noviembre, 2017 (hace 6 años)

La Corte Suprema de Justicia confirmó la ilegalidad de la huelga de pilotos de Avianca. El transporte aéreo es un servicio público esencial.

La ministra del trabajo, Griselda Janeth Restrepo, luego que la Corte Suprema de Justicia confirmara la ilegalidad de la huelga de los pilotos de Avianca vinculados a la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles –Acdac– expresó que con esta decisión el Alto Tribunal ratifica las tesis del Ministerio del Trabajo, en el sentido de que el transporte aéreo en Colombia es un servicio público esencial y que la ruta indicada a seguir era la de la conformación de un Tribunal de Arbitramento que dirimiera este conflicto laboral.

Restrepo Gallego indicó que espera leer la totalidad del fallo de la Corte Suprema de Justicia, pues por el momento solo hay un boletín de prensa para conocer los instrumentos que le otorga al Ministerio del Trabajo, no obstante, se trata de un pronunciamiento que le genera tranquilidad jurídica al país.

“El fallo de la Corte Suprema de Justicia es una ratificación de que el transporte aéreo en Colombia es un servicio público esencial, por lo tanto a futuro no se pueden hacer huelgas que afecten esta actividad; no puede volver a pasar lo que ocurrió con este paro de 51 días que perjudicó enormemente a los usuarios de este transporte y que generó grandes pérdidas para la economía del país”, indicó la titular de la cartera laboral.

Fuente: Ministerio del Trabajo.

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