Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Mipres ¿la forma sencilla de prescribir medicamentos No POS?


Mipres ¿la forma sencilla de prescribir medicamentos No POS?
Actualizado: 3 abril, 2017 (hace 7 años)

Con este aplicativo en línea, el médico tratante puede elaborar la prescripción, enviarla a la EPS para que realice el suministro al paciente y este último reclame los medicamentos, procedimientos, dispositivos médicos o servicios complementarios.

Con la firma en febrero de 2015 de la Ley Estatutaria de Salud 1751, en adelante –LES–, se reguló el derecho fundamental de la salud. Ésta, consolidó y fortaleció derechos, deberes y mecanismos ya existentes para la protección de la salud de los colombianos.

Una de las novedades que presenta la ley es la eliminación de los comités técnico-científicos, conocidos también como –CTC–, y la puesta en marcha del aplicativo en línea “Mi Prescripción”, llamado Mipres, lo que se convierte en una respuesta a varios artículos de la LES, pero especialmente a tres que son interdependientes: el 8 que ordena proveer servicios de manera completa, el 17 que garantiza la autonomía profesional, y el 15 que garantiza la prestación de servicios y tecnologías de manera integral.

Los CTC, cuya eliminación de forma progresiva inició en agosto del año anterior y terminó en febrero de 2017, se encargaban de evaluar la autorización de tratamientos que no estuvieran incluidos en el plan de beneficios, antiguo POS.

“El aplicativo Mipres permite al médico tratante elaborar la prescripción y enviarla a la EPS para que realice el suministro al paciente y este pueda reclamar los servicios o tecnologías”

Desde el punto de vista del Ministerio de Salud, su eliminación fortalece la autonomía médica, ya que la opinión del médico tratante no debe ser sometida a otra instancia. De igual forma, mejora la oportunidad en la atención, en la medida que esta no se fragmenta ni dilata por cuenta de trámites administrativos.

El aplicativo Mipres permite al médico tratante elaborar la prescripción y enviarla a la EPS para que realice el suministro al paciente y este pueda reclamar los servicios o tecnologías, como son medicamentos, procedimientos, dispositivos médicos, productos nutricionales o servicios complementarios.

Hay que decir que este mecanismo comenzó a operar el 1 de diciembre de 2016. A febrero de este año se han beneficiado 49.950 pacientes gracias a las 60.940 prescripciones realizadas a través del aplicativo.

Sobre este tema, Juan Carlos Giraldo, director de la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas, ha opinado en la revista Semana que «con la puesta en marcha de este aplicativo en línea se generó un mecanismo para que el ejercicio médico sea más visible al público».

Para Giraldo, esta herramienta: «es como una especie de luz reflectora del acto médico, que permite analizar más la conducta y hacer una auditoría sobre la forma cómo los médicos toman decisiones. Pero todo depende del gobierno, que desde luego querrá contener el gasto del sistema de salud».

¿Cómo funciona el aplicativo?

Se trata de un aplicativo web, propiedad del Ministerio de Salud y Protección Social, en el cual deben acceder todos los profesionales de la salud que pretendan prescribir sobre el No POS.

Cada profesional desde su consultorio puede acceder y hacer la prescripción en el marco de la consulta médica, siempre y cuando haga parte de la red de prestadores de servicios contratada por la EPS y que el paciente que esté atendiendo sea del asegurador para el cual presta sus servicios. El formato es de fácil uso, tiene pocos campos para digitar y la mayoría son de selección, con un conjunto de preguntas para garantizar que el ejercicio médico sea consciente y deliberado.

De igual manera, cuenta con cruces de validaciones con diferentes bases de datos para verificar la información del paciente, los medicamentos y procedimientos que se van a prescribir. Si el médico determina que un paciente requiere un servicio No POS, entra al aplicativo, prescribe el servicio y cuando concluye su consulta entrega una copia de la orden médica al paciente que tendrá un número consecutivo que corresponde a la autorización para la entrega. Así, el usuario no debe esperar la respuesta del CTC y solo debe estar atento a que la EPS lo llame y le indique la fecha y lugar dónde se suministrará el servicio ordenado.

Dificultades en la puesta en marcha

Álvaro Rojas, director de la Administración de Fondos de la Protección Social, asegura en Semana, que, por un lado hay resistencia por parte de los profesionales de la salud y algunas IPS, porque en determinados escenarios se ha mostrado a Mipres como el mecanismo que va a utilizar el Ministerio para señalar, cuestionar y juzgar lo que los profesionales de la salud digan o hagan. Por otro lado, que:

«esto requiere de ciertas adecuaciones tecnológicas por parte de las IPS y EPS, pero principalmente de las IPS para integrar Mipres a sus sistemas de historia clínica. Ha habido mensajes complicados que dicen que el No POS se acabó por efecto de esta resolución, o que está prohibido el No POS», comenta Rojas.

Hay que aclarar que el No Pos no se ha acabado, lo que ocurre es que hay un nuevo procedimiento para gestionarlo y de ese procedimiento hace parte Mipres.

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