La UGPP tiene la potestad de aplicar sanciones con montos onerosos a todos aquellos que evadan el pago de aportes al sistema de protección social, así como a quienes suministren la información de manera errada o incompleta cuando esta sea requerida.
La UGPP tiene la potestad de aplicar sanciones con montos onerosos a todos aquellos que evadan el pago de aportes al sistema de protección social, así como a quienes suministren la información de manera errada o incompleta cuando esta sea requerida.
La Ley 1819 de 2016 no solo introdujo novedades normativas que son competencia de la Dian, sino también de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales –UGPP–. A través de esta norma se contemplaron disposiciones relacionadas, por ejemplo, con la devolución de aportes y sanciones, con las notificaciones electrónicas que puede realizar dicha entidad y con las actuaciones tributarias que son competencia de dicho ente.
Teniendo en cuenta lo anterior, es necesario que desde tu organización se construya un modelo preventivo. Esto último, debido a que la UGPP está en la facultad de sancionar conductas tales como:
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