De acuerdo con el artículo 30 de la Ley 222 de 1995, se tiene la obligación de inscribir en el registro mercantil las situaciones de control o los grupos empresariales. El documento debe presentarse para su inscripción en el registro mercantil correspondiente a la jurisdicción de cada uno de los vinculados, dentro de los treinta (30) días siguientes a la configuración de la situación de control o del grupo empresarial.
De acuerdo con el artículo 30 de la Ley 222 de 1995, se tiene la obligación de inscribir en el registro mercantil las situaciones de control o los grupos empresariales. El documento debe presentarse para su inscripción en el registro mercantil correspondiente a la jurisdicción de cada uno de los vinculados, dentro de los treinta (30) días siguientes a la configuración de la situación de control o del grupo empresarial.