Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Modelos de pensión: 8 puntos que vale la pena tener en cuenta


Modelos de pensión: 8 puntos que vale la pena tener en cuenta
Actualizado: 9 octubre, 2015 (hace 9 años)

Recuerde que la ley le permite a una persona que está cotizando pensión, cambiarse de un fondo privado a Colpensiones o viceversa, en varios momentos de su vida laboral. Tenga en cuenta que cada caso es particular y cada trabajador debe asesorarse de expertos para saber sobre las ventajas de la pensión en un fondo privado es más baja o en Colpensiones.

“En el régimen de prima media no existe la rentabilidad, solo se miden los requisitos de tiempo y edad límite”

El sistema que maneja Colpensiones es diferente del régimen de ahorro individual ya que para ser pensionado, con mínimo 65% del sueldo promedio de los últimos diez años cotizados, se necesita demostrar el requisito de semanas impuesto por la ley, teniendo en cuenta que el incremento de dicho salario por año se rige con base en el IPC.

En el régimen de prima media no existe la rentabilidad, solo se miden los requisitos de tiempo y edad límite, razón por la que si una persona cumple las semanas pero no la edad, cada 50 períodos adicionales se sumará 1,5% a la cotización, hasta un techo límite de 80%.

Los usuarios de Colpensiones pueden liquidar su pensión con base en un sueldo promedio durante todos los años trabajados, si el salario obtenido de la última década es menor a la base anual.

Ahora, en el régimen de ahorro individual no se cuenta con una edad mínima para obtener la pensión, pero existen requisitos para garantizar el mantenimiento de un buen nivel de vida durante la vejez. En un ejemplo planteado en La República, si una persona se gana $10.000.000, su pensión se calculará sobre el total del ahorro con sus rendimientos, sin ningún tipo de descuento. En caso de completar el capital, puede acceder a la Garantía de Pensión Mínima acumulando 1.150 semanas y una edad de 57 años o más en mujeres o 62 años o más en hombres.

Si se presentan dificultades que no le permiten acumular el capital suficiente, podrá contar con la garantía de pensión mínima cuando tenga por lo menos cotizadas las 1.150 semanas. Sin embargo, la información de los ingresos del afiliado no son suficientes, ya que es necesario revisar el promedio de aportes que tuvo en su vida laboral.

En los fondos privados también está la opción de los Multifondos dentro de los que se encuentran: el Fondo de Mayor Riesgo, Moderado, Conservador y de Retiro Programado. Si el afiliado no elige el tipo de fondo se asignará el Moderado, pero cuando el afiliado decide en qué fondo quiere realizar sus aportes solo podrá modificar su decisión cada seis meses.

8 datos que hay que tener en cuenta sobre pensiones

  1. La ley le permite a una persona que está cotizando pensión cambiarse de un fondo privado a Colpensiones o viceversa, en varios momentos de su vida laboral.La restricción está en que el último cambio que realiza debe ser 10 años antes de cumplir la edad de jubilación. Una vez esté en ese rango, no puede volver a moverse entre los regímenes.
  2. No se presentará ninguna sanción si el asalariado decide cambiarse de un fondo privado a Colpensiones.En el Régimen de ahorro individual tiene diferentes empresas para escoger, pero en el Régimen de prima media solo se acoge a Colpensiones.
  3. Cuando un afiliado se pasa de un fondo privado a Colpensiones o viceversa, y luego se arrepiente, y tiene la intención de devolverse al anterior, no lo puede hacer en menos de cinco años.
  4. ¿La pensión en los fondos privados es más baja que en Colpensiones? Cada caso es particular.Cada trabajador debe asesorarse con expertos en la materia. En los fondos, los rendimientos para una cotización de salario mínimo representan cerca de 72% del capital acumulado en la cuenta individual. En Colpensiones, la pensión es el resultado de 1.300 semanas y el monto dependerá del promedio cotizado en los últimos 10 años.
  5. Cuando una persona se pensiona en un fondo de pensiones recibe el dinero durante toda la vida, cuenta con diferentes formas de pensión y los beneficiarios continuarán recibiendo por el tiempo que tengan derecho.
  6. Para saber cuál de los dos regímenes conviene más dependiendo del ingreso, la persona debe tener en cuenta que a la hora de pensionarse no solo importa tener la edad de jubilación estipulada por la ley y el requisito de las 1.300 semanas cotizadassino que el valor de sus ingresos durante toda la vida pueden ser un comodín o un karma.
  7. Ante la eventualidad de una pensión por invalidez, vejez o muerte, el bono pensional se convierte en una parte de capital para financiar la pensión.Este se obtiene a partir de la solicitud del afiliado, y el fondo reúne la historia para emitirlo.
  8. Aunque un afiliado a Colpensiones cumpla con los requisitos de 1.300 semanas y la edad de 57 años en mujeres, y 62 en hombres, no puede hacer los trámites para retirar su pensión, dado que por ley la empresa para la que labora debe seguir cotizando con base en su sueldo. Por cada 50 semanas adicionales, la tasa de liquidación gana 1,5% para el momento de retirarse.
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