El empleador tiene la facultad de modificar unilateralmente el contrato de trabajo, no obstante, esta facultad no es absoluta, dado que debe ajustarse a los parámetros previstos en la ley.
Si no se actúa conforme lo indica la ley, el trabajador podrá renunciar por una causa imputable al empleador.
El empleador tiene la facultad de modificar unilateralmente el contrato de trabajo, no obstante, esta facultad no es absoluta, dado que debe ajustarse a los parámetros previstos en la ley.
Si no se actúa conforme lo indica la ley, el trabajador podrá renunciar por una causa imputable al empleador.
El artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo –CST– establece la facultad unilateral del empleador para hacer modificaciones, cambios o adicionar cláusulas en cuanto a lo concerniente al contrato de trabajo respecto a tres aspectos:
Esta limitación, en lo que refiere a la facultad del empleador para modificar el contrato de trabajo, se da para evitar que, mediante el uso de su facultad de subordinación, cambie de manera arbitraria las condiciones del contrato y vulnere las garantías laborales de los trabajadores.
En nuestra Cartilla Práctica Terminación del contrato laboral e indemnizaciones podrás encontrar toda la información referente al procedimiento a seguir para la terminación del contrato de trabajo con justa causa.
En el momento cuando se efectúe una modificación en el contrato, el trabajador debe poder determinar si estas modificaciones pueden afectar sus condiciones laborales y se ajustan a lo previsto en ley.
Lo anterior, debido a la presión laboral a la que algunas veces puede verse sometido el trabajador frente a la carga de sus funciones, originada en los eventos cuando el empleador, haciendo uso de su facultad subordinante, mediante modificaciones realizadas al contrato de trabajo le ordena ejecutar labores no previstas al inicio de la relación laboral, ocasionando que este se vea expuesto a jornadas extenuantes de trabajo o cargas laborales excesivas, aun cuando mediante el contrato de trabajo se haya fijado un horario laboral específico.
De esta manera, tenemos que el empleador tiene limitaciones al momento de realizar modificaciones al contrato de trabajo, por lo tanto, en caso de que estos cambios no sean realizados conforme lo establece la ley, y se impongan funciones o cargas desproporcionadas al trabajador, este podrá renunciar por una causa imputable al empleador, teniendo este último que pagar una indemnización por despido sin justa causa.
Este tema hace parte de nuestra Cartilla Práctica Terminación del contrato laboral e indemnizaciones. ¡No dejes de leerla!
¡Pero eso no es todo!
Si eres suscriptor Oro o Platino y quieres acceder a todas nuestras cartillas, revistas, libros y especiales en versión digital, solo debes ingresar a https://actualicese.com/publicaciones/