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Modificar tabla del impuesto de renta y aumentar número de contribuyentes: sano para el sistema tributario


Modificar tabla del impuesto de renta y aumentar número de contribuyentes: sano para el sistema tributario
Actualizado: 29 marzo, 2016 (hace 8 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Que el IVA cuente con diferentes categorías (0%, 5% y 16%), ¿es sinónimo de complicar más el sistema tributario?
  • ¿Con qué ojos ve que posiblemente cerca de 3 millones de colombianos entren a declarar renta?
  • Se cumple el deseo de los empresarios de que más colombianos, personas naturales, paguen impuestos, pero ¿de qué forma se puede lograr que todas las empresas paguen también y no le hagan trampa al Estado?
  • Se le pondrá un “tate quieto” a las supuestas entidades sin ánimo de lucro; ¿de qué forma beneficia esto al recaudo tributario?
  • Aumento del 7% en el salario mínimo sumado al IVA para muchos artículos de la canasta familiar parecería una combinación fatal para el bolsillo de muchos colombianos; ¿qué piensa al respecto?
  • El 4x1.000 seguirá presente. ¿Lo del desmonte de este impuesto se quedará en mito? ¿Es beneficioso dicho impuesto?

Myriam Stella Gutiérrez Argüello, socia de Impuestos y Servicios Legales de KPMG Colombia, asegura que el 4×1.000 es un impuesto antitécnico y genera impactos negativos en el sistema al promover el uso del efectivo en lugar de los pagos transaccionales y en línea. Agrega que uno de los pilares sobre los cuales reposa un sistema tributario es un adecuado y coherente cuerpo legal con fuertes medidas sancionatorias a las prácticas evasivas.

Que el IVA cuente con diferentes categorías (0%, 5% y 16%), ¿es sinónimo de complicar más el sistema tributario?

La propuesta de una reforma estructural al impuesto sobre las ventas obliga a la pregunta básica de si el nuevo impuesto debe concebirse con un modelo de tarifa única o de tarifas múltiples o imposición selectiva en función del tipo de bien o servicio.

Los impuestos deben considerar la capacidad de pago del contribuyente; sin embargo, desarrollar este principio en la tributación indirecta que recae sobre los bienes y no sobre las personas implica un esfuerzo adicional de la ley para lograr matizar la regresividad inherente a este tipo de imposición. Por ello, si se pretende un sistema de IVA plano con una tarifa general sobre los bienes y servicios se debe crear un mecanismo de compensación o devolución del impuesto que pagan los estratos más bajos; esto mediante la utilización de sistemas de transferencias, lo que implica una fuerte modernización del actual sistema de devoluciones de la DIAN y una mayor cobertura de nuestro sistema bancario.

De no acogerse la tarifa única, el mecanismo viable para mejorar el recaudo del IVA, sin vulnerar el principio de capacidad de pago, es la imposición selectiva sobre una base ampliada para bienes, servicios e intangibles, que exencione las exportaciones y limite las tarifas diferenciales estrictamente para los bienes de la canasta familiar, los servicios esenciales como salud, educación, agricultura y los servicios públicos, lo cual si bien implica una complejidad al sistema, le imprime un principio de equidad.

Bajo cualquiera de los dos sistemas mencionados, el proyecto debe considerar la no sujeción del IVA para la compra de bienes de capital o la aplicación de su descuento total en la cuenta corriente del IVA, dado el impacto negativo que tiene sobre la inversión y competitividad del país.

¿Con qué ojos ve que posiblemente cerca de 3 millones de colombianos entren a declarar renta?

“Reducir el número de regímenes y beneficios, modificar la tabla del impuesto y aumentar el número de contribuyentes resulta sano para el sistema”

Siendo el gravamen sobre la renta el que mejor desarrolla los principios de progresividad, proporcionalidad y de capacidad de pago, es sentida la necesidad de modificar el actual sistema de tributación de las personas naturales, el cual además de complejo por la multiplicidad de regímenes que trajo la Ley 1607 del 2012, ha perdido su participación en los recaudos tributarios, tal como lo señala el informe de la Comisión de Expertos. Según dicho informe, el número total de contribuyentes, incluyendo las personas naturales a quienes se les practica retención y no son declarantes del impuesto de renta, es un poco mayor a 1,8 millones y el recaudo del impuesto de renta personal es menor al 1% del PIB y representa solamente el 15% del impuesto total sobre la renta.

Reducir el número de regímenes y beneficios, modificar la tabla del impuesto y aumentar el número de contribuyentes resulta sano para el sistema, nos aproxima a los modelos modernos de tributación y genera una mayor conciencia tributaria. Sin embargo, esta medida debe unirse a una clara política de modernización de la DIAN que permita un sistema de declaración sugerida al contribuyente, la presentación electrónica sin trabas adicionales, una revisión de los mecanismos de retención para que no se generen los interminables saldos a favor y un mecanismo expedito de devoluciones automáticas si persisten los valores a favor del contribuyente.

Se cumple el deseo de los empresarios de que más colombianos, personas naturales, paguen impuestos, pero ¿de qué forma se puede lograr que todas las empresas paguen también y no le hagan trampa al Estado?

Los pilares sobre los cuales reposa un sistema tributario se encuentran, de una parte, en un adecuado y coherente cuerpo legal con fuertes medidas sancionatorias a las prácticas evasivas, y de otra, en una administración tributaria moderna, dotada técnicamente de recursos, un procedimiento tributario flexible, funcionarios con una real carrera administrativa y una mayor capacidad de recursos en las áreas de fiscalización. Estos pilares son el instrumento para lograr un real control a los problemas de evasión y elusión que aquejan a nuestra actual estructura fiscal.

Se le pondrá un “tate quieto” a las supuestas entidades sin ánimo de lucro; ¿de qué forma beneficia esto al recaudo tributario?

De seguirse la propuesta de la Comisión de Expertos, en principio las entidades sin ánimo de lucro pasarían al régimen de tributación general u ordinario del impuesto sobre la renta conforme a las normas aplicables a las sociedades limitadas, y solamente podrán pertenecer al régimen especial aquellas que sean calificadas por la DIAN. Es decir que se adopta un criterio previo de evaluación, con lo cual las entidades que no tengan en esencia finalidades altruistas, no sean de interés general o desarrollen actividades mercantiles, pagarían la tarifa general del impuesto y no accederían a los actuales mecanismos de exención o reducción de tarifa, con un claro efecto en el recaudo.

Es importante advertir que el control a este tipo de entidades debe desincentivar la triangulación de las donaciones y los gastos administrativos excesivos que se advierten actualmente en algunos de estos entes.

Aumento del 7% en el salario mínimo sumado al IVA para muchos artículos de la canasta familiar parecería una combinación fatal para el bolsillo de muchos colombianos; ¿qué piensa al respecto?

Los recientes estudios de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico –OCDE–, , de la Comisión de Expertos y del Fondo Monetario Internacional FMI, señalan que nuestro sistema tributario es insuficiente en materia de recaudo, circunstancia que de mantenerse puede traer graves consecuencias para el país, como la disminución de la calificación de riesgo y de la perspectiva de crecimiento para Colombia, lo que desincentivaría la inversión, afectando seriamente nuestra competitividad. Por ello, la reforma propuesta implica un sacrificio general al bolsillo de los colombianos en aras de evitar estas consecuencias económicas adversas. Lo que se espera es que siguiendo los lineamientos de justicia y equidad la propuesta legislativa module la afectación de los sectores más pobres.

El 4×1.000 seguirá presente. ¿Lo del desmonte de este impuesto se quedará en mito? ¿Es beneficioso dicho impuesto?

El 4×1.000 no solo es un impuesto antitécnico, sino que genera impactos negativos en el sistema al promover el uso del efectivo en lugar de los pagos transaccionales y en línea, lo que se traduce en una menor fuente de información a la DIAN promoviendo la evasión o elusión tributaria. Por ello, somos de la tesis que a pesar de lo generoso y eficaz de su recaudo debe ser eliminado del sistema colombiano.

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