Una relación laboral comprende dos sujetos: trabajador y empleador. Dicha relación tiene como objetivo lograr una serie de beneficios para ambos. Además, el empleador puede ser una persona natural o jurídica; es necesaria esta diferenciación para determinar a qué régimen legal acudir.
El empleador es una figura natural o jurídica que actúa directamente o a través de representantes, algunos de los cuales son asignados por la ley y otros por acuerdo. Este crea puestos de trabajo con el objetivo de que sean ocupados por trabajadores bajo su mando, vinculados generalmente a través de un contrato laboral.
Anteriormente, el empleador era llamado “patrono”. Este cambio fue producido por el artículo 107 de la Ley 50 de 1990, que establece:
“Artículo 107. La denominación “patrono” utilizada en las disposiciones laborales vigentes se entiende reemplazada por el término empleador.”
El empleador no solo es la parte de la relación laboral que se beneficia de la fuerza de trabajo ejercida por una persona natural (trabajador), sino, a su vez, quien remunera la prestación del servicio.
Es importante diferenciar ante qué tipo de empleador se está, para así poder determinar qué clase de normas le son aplicables, a saber:
El empleador tiene la facultad de contratar personal para llevar a cabo actividades que tengan que ver o no con el objeto social de la empresa. En casos como estos puede contratar personal que no esté directamente subordinado a él, sino que lo puede realizar mediante, por ejemplo, la figura del contratista independiente.