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NIA 315 no plantea un criterio para realizar una auditoría sobre el control interno – Walter Abel Sanchez


Dice en Contrapartida 3741: “Algunos contadores han sostenido que no hay criterios para realizar una auditoría sobre el control interno. Al hacerlo pasan por alto estas orientaciones de la ISA 315, que ahora se quieren profundizar”.

De acuerdo con el diccionario de Google, “criterio” es la “regla o norma conforme a la cual se establece un juicio o se toma una determinación”; la RAE lo expone como “Norma para conocer la verdad”. Teniendo en cuenta estas definiciones podríamos sumarnos a esos contables y controvertir, “con los dientes apretados”, con el distinguido profesor Bermúdez.

La NIA 315 no plantea un criterio para realizar una auditoría sobre el control interno. Eso no me es extraño; de hecho, los pocos criterios formulados por los Estándares Internacionales solo aparecen medianamente enunciados, nada más; carecen de un desarrollo argumental significativo. El que IAASB quiera “profundizar” sirve, de paso, como argumento para evidenciar las carencias de tal estándar, que se explaya en una cantidad de instrucciones vacías de contenido.

“La auditoría se enfoca en determinar la conformidad de lo evaluado con respecto a un criterio” (Sánchez: 2017). ¿Cuál o cuáles son los criterios para tener en cuenta al establecer un juicio acerca del sistema de control interno? Los estándares no los precisan; solo se derraman en prosa tautológica alrededor de la importancia del CI, prácticas y pseudo-procedimientos, y los focos de atención a privilegiar.

Y esos criterios no se han podido clarificar ni siquiera en la academia, la cual no dedica el tiempo suficiente para dotar conceptualmente al futuro contable de los saberes propios del SCI, y mucho menos acerca de los procedimientos, pruebas e instrumentos propios de este tipo de auditoría.

Mientras tanto, y a expensas de la ingenua sociedad y empresas, algunos contables, sin el menor tapujo, se expresan en sus dictámenes u opiniones acerca del sistema de control interno de la empresa, haciendo uso de instrumentos anacrónicos, como los cuestionarios de respuestas dicotómicas o los mismos encapsulados en “bonitos” cuadros de Excel, que arrojan en tonos amarillo, naranja y rojo el estado del sistema para, a partir de ello, y pese a evaluar solo un componente (en palabras del COSO y similares), predicar acerca del todo. ¡Toda una proeza profesional!

Ante la inesperada y abrumadora presencia de estándares en materia de CI (léase sistema de control interno), el emisor no atina a “casarse” con alguno en particular, pues cada cual defiende un mercado. He ahí una de las razones para que los contables afirmen que no hay criterios.

Ante este insólito escenario, el contable se dedica al activismo y a ejecutar unas prácticas que no generan las evidencias, ni los argumentos suficientes para predicar acerca de tan importante sistema. Como diría el famoso cantante urbano: ¡felices los cuatro! ¡No lo puedo creer!

Walter Abel Sánchez Chinchilla
Contrapartida, Novitas, Registro Contable, Vademécum
Tomado de Contrapartida – De Computationis Jure Opiniones
Número 3758, agosto 20 de 2018

Walter Abel Sánchez Chinchilla
Las publicaciones “Contrapartida” son escritas por miembros de la comunidad académica del Departamento de Ciencias Contables de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Pontificia Universidad Javeriana.
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