La auditoría se puede considerar como una forma de aseguramiento en la que existen dos grandes grupos: el primero es el aseguramiento de información financiera, y el segundo es donde aparecen las NIEA (ISAE), que se refieren a distintos encargos de aseguramiento de información financiera histórica.
La auditoría se puede considerar como una forma de aseguramiento en la que existen dos grandes grupos: el primero es el aseguramiento de información financiera, y el segundo es donde aparecen las NIEA (ISAE), que se refieren a distintos encargos de aseguramiento de información financiera histórica.
Un punto fundamental que se menciona dentro de la propuesta impulsada por los gremios en busca de reestructurar la revisoría fiscal en Colombia es fortalecer la aplicación de la NIEA (ISAE) 3000. «Hoy, las normas legales indican que el trabajo del revisor fiscal supone una auditoría financiera que debe realizarse aplicando normas de auditoría, una auditoría sobre el control interno y otra sobre el cumplimiento, que deben llevarse a cabo aplicando la ISAE 3000. Esto se mantiene y se fortalece en la propuesta», asegura Hernando Bermúdez, editor de Contrapartida y profesor asociado de la facultad de ciencias económicas y administrativas de la Universidad Javeriana.
Como explica Daniel Sarmiento Pavas, contador público, socio director ACS-SMS Colombia y miembro del Grupo Asesor del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad –IASB–, en cuanto a la estructura de aseguramiento, internacionalmente existe una jerarquía que comienza con el Código de Ética; en un segundo nivel está el control de calidad y luego están las Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento.
La auditoría realmente es una forma de aseguramiento. En dicho aseguramiento se tienen dos grandes grupos: el primero es el aseguramiento de información financiera, y el segundo es donde aparecen las NIEA (ISAE), las cuales se refieren a distintos encargos de aseguramiento de información financiera histórica.
Un revisor fiscal de una entidad pequeña (menos de 200 empleados o con menos de 30.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes –smmlv– de activos) no está obligado a aplicar todo el compendio de las NAI, ni las NIA y tampoco las NIEA, pero sí está obligado a aplicar lo que dicta el artículo 7 de la Ley 43 de 1990.
El objetivo de la NIEA 3000 es establecer los principios básicos y procedimientos esenciales, así como proporcionar orientación para la realización, por parte de los contadores públicos de encargos de aseguramiento distintos de la auditoría o de la revisión de información financiera histórica, cubiertos por las NIA o por las Normas Internacionales de Encargos de Revisión –NIER–.
Aplicar la NIEA 3000 significa considerar la evaluación del control interno bajo dos puntos de vista:
Sin la NIEA 3000 la evaluación del control interno es fundamentalmente de fiscalización, para soportar el pronunciamiento en el párrafo legal.