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NIIF 15: ¿cómo se realizan el reconocimiento y la medición de ingresos?

El reconocimiento y medición de los ingresos de una organización son fundamentales para la determinación de los resultados de la compañía. En este sentido, la NIIF 15 mejora la metodología existente para el reconocimiento de dicho elemento. A continuación, se explica este par de procesos.

Fecha de publicación: 1 de mayo de 2019
NIIF 15: ¿cómo se realizan el reconocimiento y la medición de ingresos?
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El reconocimiento y medición de los ingresos de una organización son fundamentales para la determinación de los resultados de la compañía. En este sentido, la NIIF 15 mejora la metodología existente para el reconocimiento de dicho elemento. A continuación, se explica este par de procesos.

Según la definición de los Estándares Internacionales, al hablar de un ingreso se hace referencia a un incremento en los beneficios económicos que fluyen hacia la entidad, a modo de incrementos en los activos o disminuciones en los pasivos.

¿Cuándo se debe reconocer el ingreso?

El reconocimiento del ingreso gira alrededor de la temporalidad en el reconocimiento del mismo. Por muchos años los gerentes han deseado poder determinar, desde su punto de vista, si la entidad debe o no reconocer un ingreso en un momento determinado.

Pero esto no es asunto de la gerencia, sino que debe evaluarse el grado en el cual la entidad ha cumplido con sus obligaciones contractuales, y así determinar si debe reconocer el ingreso en una fecha determinada.

“la NIIF 15 establece que la entidad debe identificar las obligaciones de desempeño establecidas en el contrato, cuyo cumplimiento dará lugar al reconocimiento del ingreso”

Por lo anterior, la NIIF 15 establece que la entidad debe identificar las obligaciones de desempeño establecidas en el contrato, cuyo cumplimiento dará lugar al reconocimiento del ingreso.

El asunto no presenta mayor problema en los contratos de ejecución única, y se perfeccionan en un período corto de tiempo. En la prestación de servicios también existen casos que no presentan mayores dificultades.

En otras circunstancias, especialmente cuando el contrato se ejecuta en un período de tiempo considerable o cuando incluye una serie de eventos, es más complejo observar el momento en que debería reconocerse el ingreso. Para estos casos la norma desarrolla la metodología de obligaciones de desempeño y establece que la entidad debe reconocer el ingreso a medida que va cumpliendo con cada una de tales obligaciones.

Un caso práctico

Una entidad vende máquinas para la industria alimenticia, pero su operación es compleja y se requieren 60 horas de capacitación para los funcionarios que las utilizarán. Cuando la entidad vende una de estas máquinas, establece una cláusula contractual en la que se comprometen a capacitar a los funcionarios de la empresa que la compra.

En este caso es claro que una parte del ingreso debe reconocerse cuando la entidad cumpla con sus obligaciones relacionadas con la disponibilidad o entrega de la máquina, y la otra parte del ingreso se reconoce una vez la entidad compradora capacite al personal que usará la máquina.

Medición del ingreso

¿Cuál es el valor por el cual debe reconocerse el ingreso? Y de manera complementaria, ¿cómo este valor debe dividirse entre las obligaciones de desempeño?

En los casos donde el ingreso tenga lugar en una transacción de corta duración, este debe reconocerse totalmente al momento en que se termine de cumplir la obligación.

En los casos en los cuales las transacciones de ingreso se lleven a cabo en varias etapas, la entidad debe seguir el procedimiento establecido en la NIIF 15 para la medición de la transacción, a saber:

  1. Determinar el precio de la transacción de ingreso.
  2. Asignar el precio de la transacción a cada obligación de desempeño.

Si quiere profundizar en este tema, lea nuestro análisis Ingresos provenientes de contratos con clientes: comentarios sobre la NIIF 15.