Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

NIIF o Contabilidad Simplificada para microempresas, ¿en qué consiste?


NIIF o Contabilidad Simplificada para microempresas, ¿en qué consiste?
Actualizado: 24 agosto, 2012 (hace 12 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Cada Grupo aplicará un Estándar Diferente?
  • ¿Quiénes aplicarán Contabilidad Simplificada?
  • ¿La Contabilidad Simplificada se basa en las NIIF?
  • ¿Cómo es la estructura de la Contabilidad Simplificada?
  • ¿Las microempresas utilizarán contabilidad de causación o caja?
  • Las microempresas también tendrán que llevar contabilidad
  • ¿El Régimen Simplificado llevaría contabilidad?

Recientemente publicamos un editorial denominado “Algunas microempresas aplicarán NIIF”, en el cual realizábamos algunos comentarios pertinentes al nuevo concepto de Contabilidad Simplificada propuesto por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública – CTCP.

Recordemos que este estándar local empieza su aplicación a partir de enero 1 de 2013, considerado como el año de transición y el 2014 de aplicación plena. Según el Direccionamiento Estratégico emitido por el CTCP y su plan de trabajo, los decretos reglamentarios de la Ley 1314/2009 que determinarán el marco normativo para el Grupo 1 y 3 serán promulgados en el último trimestre de 2012

¿Cada Grupo aplicará un Estándar Diferente?

Algunos consideran que el cambio del Decreto 2649/93 solo es hacia las NIIF, sin embargo se ha considerado por parte del CTCP, que las microempresas deben manejar un estándar distinto, es decir, algo menos complejo y más sencillo para este grupo de empresas:

En este orden de ideas tenemos:

  • Grupo 1: Aplicará NIIF Plenas
  • Grupo 2: Aplicará NIIF para las Pymes
  • Grupo 3: Aplicará Contabilidad Simplificada

¿Quiénes aplicarán Contabilidad Simplificada?

Aunque la definición de microempresa todavía genera controversia legal, deseamos presentar al menos los requisitos que ha planteado el documento del CTCP denominado “Direccionamiento Estratégico” para la aplicación de éste estándar:

  • Empresas con máximo 10 empleados.
  • Empresas con activos inferiores a 500 SMMLV (hoy $283.350.000). Este valor prima sobre número empleados de la microempresa en caso de que supere los 10 empleados.
  • Todos los pertenecientes al Régimen Simplificado (artículo 499 del Estatuto Tributario).
  • Ingresos inferiores a 6.000 SMMLV (hoy $3.400.200.000).

Cuando mencionamos el término “empresas o entidades” hacemos referencia a personas naturales y jurídicas.

¿La Contabilidad Simplificada se basa en las NIIF?

Según el documento propuesto por el CTCP, el cual deberá ser formalizado a través de los Ministerios de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y de Comercio Industria y Turismo (MCIT), la contabilidad simplificada se fundamenta en los siguientes estándares:

  • La NIIF para las Pymes (emitido por IASB).
  • Las ISAR (International Standars of Accounting and Reporting). Una propuesta de la Naciones Unidas para la transparencia de los negocios conformada en un grupo denominado UNCTAD (United Nations Conference on Trade and Development).
  • También se tuvo en cuenta el Decreto 2649/93.
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El objetivo es dotar de un conjunto normativo muy básico con el fin de que cuando la entidad (microempresa) crezca y se desarrolle, es decir, pase del Grupo 3 al 2, pueda realizar su transición hacia la NIIF para las Pymes.

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