Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

NIIF para personas naturales: algunos puntos para tener en cuenta


NIIF para personas naturales: algunos puntos para tener en cuenta
Actualizado: 7 octubre, 2015 (hace 8 años)

Cualquier persona natural o jurídica cumplirá todos los requerimientos del estándar que le corresponda, ya sea NIIF Plenas para Grupo 1, NIIF para pymes en el caso del Grupo 2 o NIF (contabilidad simplificada) para microempresas del Grupo 3.

Las personas naturales no están exentas de la aplicación de las NIIF. El hecho de que no exista una sociedad constituida no quiere decir que no se esté en la obligación de aplicarlas. En Colombia cualquier persona obligada a llevar contabilidad, o quien quiera llevarla con la finalidad de que sirva como medio de prueba ante terceros, debe gestionarla de acuerdo con la normatividad contable vigente, esto es Estándares Internacionales de Información Financiera (grupos 1 y 2) o NIF para microempresas (Grupo 3), y para tal fin revisará en primera instancia en cuál de los tres grupos de convergencia se encuentra.

Una persona natural podría ser Grupo 1, pues el estándar hace referencia al grupo mínimo en que debe estar; pero si quiere aplicar una normatividad superior, puede hacerlo; en cualquiera de los tres grupos podría clasificarse según sus condiciones particulares.

Así pues, una persona natural que lleva contabilidad y tiene activos que no son productivos ni son utilizados en el desarrollo de sus actividades comerciales, como un vehículo personal por ejemplo, o una máquina sin uso, tendrá que aplicar todos los requerimientos de las NIIF, entonces tendrá que hacer, sin distinción de su condición de persona natural, todo el análisis desde el marco conceptual, la definición, los criterios de reconocimiento de activos y luego clasificar ese activo en la categoría en la cual deba estar.

Estimando un caso hipotético en el que una persona natural tiene un terreno sin uso y goza de la potestad de hacer lo que quiera con él, tiene lo que el estándar llama control, por lo que si sencillamente lo tiene disponible para tomar futuras decisiones sobre su uso, pues aún no decide si venderlo, construir, dejarlo para valorización, etc., este es un terreno que cumple las características de propiedades de inversión que están establecidas en la Sección 16 de NIIF para pymes y en la NIC 40 en el caso de las NIIF Plenas.

Caso diferente sería si se tiene un terreno de su propiedad hace 30 años y está invadido, y se inició un proceso de prescripción adquisitiva de dominio por parte de terceras personas; en una situación como esta, aunque se tenga la titularidad legal sobre el terreno, no se cumplen los elementos del control.

“si se trata de la preparación de la información financiera de la persona natural hay que incluir todo; la casa de habitación, el vehículo propio, todos los activos sobre los cuales tenga control”

Por otro lado, está el caso de un vehículo personal, para el cual debe tenerse cuidado en la diferenciación clara de a quién se le están preparando los estados financieros bajo NIIF, pues en el caso de que se estén preparando informes de un negocio de la persona natural, es posible que ese vehículo no esté en el estado financiero del negocio, pero si se trata de la preparación de la información financiera de la persona natural hay que incluir todo; la casa de habitación, el vehículo propio, todos los activos sobre los cuales tenga control.

Ahora, si se trata de un vehículo que está a nombre de la persona natural, este hizo un contrato y se lo entregó a un tercero, pero no ha realizado el traspaso legal, el vehículo ya está vendido, la persona a la que nos referimos en el caso, ya dejó de tener control sobre él y, por tanto, este no debe aparecer en su información financiera. Asimismo, si la persona natural adquirió un vehículo pero no ha realizado el traspaso legal, esto no puede representar un impedimento para reconocerlo, puesto que es esta persona quien lo puede usar, le hace el mantenimiento, etc… tiene el control sobre el bien y, por tanto, lo reconocerá.

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