Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

No se necesita listado de causales para remover administrador de P.H.


No se necesita listado de causales para remover administrador de P.H.

Seguramente no faltan los administradores que eluden sus responsabilidades e intentan sacar ventaja de su posición. Recuerde que los malos actos de estas personas pueden atentar contra la propiedad, propietarios y hasta terceros. Sepa qué hacer al respecto.

En las P.H. al igual que en las sociedades mercantiles no se habla de causales de destitución para administradores, representantes legales o gerentes porque son de libre nombramiento y remoción. De tal manera que no se necesita un listado de causales para revocar su nombramiento. Se puede hacer «porque sí». La Asamblea se reúne y toma la decisión.

Por ejemplo, el Presidente Santos frente a un Ministro no necesita ningún tipo de motivación en el acto administrativo en el cual revoca un nombramiento para nombrar otro. Simplemente, en un decreto dice que se revoca al «Ministro tal y se nombra a este otro».

Ahora, si usted está en contra de un administrador y no cuenta con el voto de la mayoría de los miembros de la Asamblea, lo que se puede hacer es tratar de convencer a los demás propietarios y entregarles argumentos fuertes para removerlo de su puesto.

Lo anterior igual sucede con el Revisor Fiscal y con los miembros del Consejo de Administración, quienes siempre serán de libre nombramiento y remoción, así en el acta diga que «sea por un año o hasta la próxima Asamblea». En cualquier momento, estas personas pueden ser revocados sin ningún tipo de explicación.

Cuando el administrador no cumple con su papel…

Veamos dos casos que se podrían presentar con el Administrador de la Propiedad Horizontal donde evita y que pueden dejar su actuar en tela de juicio

1) Administrador es citado para una auditoría por presuntas irregularidades y no va. Si a un administrador de P.H. por presuntas irregularidades en su gestión lo citan, pero este decide no ir, el Consejo de Administración lo puede revocar de inmediato y reemplazarlo por otra persona.

Resulta que al administrador le están dando la posibilidad de aclarar y justificar su comportamiento. Así no hayan irregularidades, el administrador debe ir ya que está en un cargo de libre nombramiento y remoción, y no se necesita justificar para revocar el mandato.

El consejo de administración simplemente dice «porque sí queremos cambiarlo y punto». Lo revocan y nombran otro. El no ir a dicha citación lo que hará será generar sospechas y poner en riesgo su labor.

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Si no aparece en la citación, y resulta que aparece algún inconveniente, se puede interponer una demanda civil por perjuicios o un denuncio penal porque pueden encontrar irregularidades económicas. Se le puede acusar del delito de abuso de confianza si llega a faltar dinero o de un fraude.

2) Administrador cambió fecha de un comprobante y de un soporte expedido. Si un administrador altera documentos contables está incurriendo en fraude, está engañando, asaltando en su propia fe a la totalidad de los propietarios de la P.H. Frente a lo anterior, la Ley 675 de 2001 en su artículo 50, dice que el máximo órgano social es la Asamblea quien lo removerá, así exista Consejo de Administración.

El segundo inciso es muy claro diciendo que «los administradores responderán por los perjuicios que por dolo, culpa leve o grave, ocasionen a la persona jurídica, a los propietarios o a terceros. Se presumirá la culpa leve del administrador en los casos de incumplimiento o extralimitación de sus funciones, violación de la ley o del reglamento de propiedad horizontal».

El administrador entonces le estaría causando daño a la propiedad, a alguno de los propietarios y a un tercero (acreedor, proveedor, DIAN). A él se le podrían iniciar todas las acciones legales para que pague de su propio bolsillo los daños causados a la P.H., propietarios o terceros.

¿Y si no se le hace daño a nadie, pero hubo engaño? El Consejo de Administración puede simplemente remover al administrador de su cargo y nombrar a otro. No hay necesidad de citar a Asamblea para hacerlo.

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