El 6 de agosto de 2019 inician los vencimientos para que las personas naturales presenten y paguen lo correspondiente al impuesto de renta y complementario por el año gravable 2018. A continuación, presentamos la herramienta que te facilitará el cumplimiento de esta obligación tributaria.
El 6 de agosto de 2019 inician los vencimientos para que las personas naturales presenten y paguen lo correspondiente al impuesto de renta y complementario por el año gravable 2018. A continuación, presentamos la herramienta que te facilitará el cumplimiento de esta obligación tributaria.
Para la determinación del impuesto de renta de personas naturales por el 2018, estas deberán abordar cada uno de los requerimientos exigidos bajo la aprobación de la Ley 1819 de 2016 y las diferentes normas que se han expedido con posterioridad para reglamentar o aclarar algunos aspectos relacionados con la depuración de cada una de las cédulas en lo que respecta, por ejemplo, a los requisitos para que cada uno de los conceptos a ser declarados (ingresos, ingresos no gravados, costos, deducciones, rentas exentas, descuentos tributarios, etc.) pueda ser reconocido como tal.
Por ejemplo, una de las novedades para este año gravable 2018 es la relacionada con la expedición de la Sentencia C-120 de noviembre 14 de 2018, norma mediante la cual se dispuso que los independientes que utilicen la cédula de rentas de trabajo podrán restar costos y gastos, aspecto que no fue permitido para las declaraciones del año gravable 2017.
Con el fin de facilitar el proceso de depuración en cada una de las cédulas, te invitamos a adquirir la Plantilla para preparar la declaración de renta persona natural año gravable 2018 por el sistema cedular, en la cual podrás encontrar un compendio de anexos que facilitarán los cálculos inherentes a este impuesto, entre ellos, lo relacionado con:
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