Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

No termine contratos si va a volver a contratar: es fraccionamiento irregular


No termine contratos si va a volver a contratar: es fraccionamiento irregular
Actualizado: 4 diciembre, 2012 (hace 11 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Fraccionamiento del contrato, ¿con qué finalidad lo hacen algunos empleadores?
  • Fraccionamiento del contrato: continuidad laboral
  • Consecuencias del fraccionamiento del contrato
  • No fraccionamiento, tiene alternativas si el fraccionamiento es por baja producción

Muchos empleadores tienen la costumbre de terminar contratos de trabajo en diciembre para en enero volver a contratar a los mismos trabajadores para que sigan haciendo lo mismo. Si los va a volver a contratar, ¿para qué los termina en diciembre?

La Cita (haz click en la imagen para ampliar)

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Fraccionamiento del contrato, ¿con qué finalidad lo hacen algunos empleadores?

“El empleador al terminar contratos en diciembre para volver a realizar nuevos contratos en enero, puede estar frente a un fraccionamiento del contrato”

Son muchísimos empleadores que en diciembre terminan los contratos de sus trabajadores y vuelven a contratarlos en enero y lo hacen pensando en varias cosas. Veamos algunas hipótesis:

  • Se ahorran seguridad social por los días en que no existe contrato de trabajo.
  • Se ahorran parafiscales por los días en que no existe contrato de trabajo.
  • Se ahorran prestaciones sociales proporcional a los días que no existe contrato.
  • El nuevo contrato que suscriben en enero vuelven a incluirle periodo de prueba al antiguo trabajador.
  • Porque durante esos días baja la producción y no necesita tantos trabajadores.
  • Se aprovecha la terminación de los contratos en diciembre para decirles a los trabajadores que presenten la carta de renuncia para que sean nuevamente contratados en enero, pero si deciden no volver a contratar alguno, con la carta de renuncia que firmó en diciembre el trabajador no podría reclamar indemnización, pues jurídicamente no fue despedido y la empresa se excusaría para no estar obligada a realizar un nuevo contrato en enero.

Fraccionamiento del contrato: continuidad laboral

El empleador al terminar contratos en diciembre para volver a realizar nuevos contratos en enero, puede estar frente a un fraccionamiento del contrato, que en últimas, estaría frente a una continuidad laboral y lo que ello conlleva.

Pues el trabajador durante todo el año fue “panadero”, en diciembre le terminan el contrato (en muchos casos les hacen firmar la carta de renuncia “voluntaria”), pero en enero vuelven a hacerle un nuevo contrato cuyas funciones serán “panadero” o cargos afines “pastelero”, “amasador de harina”, “decorador de productos alimenticios terminados”, etc. y lo mismo se repite todos los años y con la mayoría de empleados de la misma empresa. En otras palabras, es una “jugada” sistemática del empleador, pero en realidad estaríamos frente a una continuidad laboral.

Consecuencias del fraccionamiento del contrato

Según el ejemplo anterior, si así lo determina el Juez Laboral significaría que no hubo solución de continuidad, o sea, declara que no hubo interrupción durante esos días de cada año donde dejan sin contrato de trabajo al trabajador y por ende, se considera que durante dichos días el trabajador si estuvo vinculado al empleador para todos los efectos y por ende el Juez puede establecer varias condenas, veamos:

  • El pago de los aportes a pensión y su mora de los días de cada año que estuvo por fuera de la empresa.
  • El pago de prestaciones sociales por los días de cada año en que no estuvo vinculado.
  • Al pago de los gastos médicos en que el trabajador debió incurrir en esos días por no estar vinculado a seguridad social.
  • Al pago de las incapacidades que el sistema de seguridad social no cubrió por estar desvinculado durante esos días del año.
  • Indemnización por terminación sin justa causa (incluso si el trabajador firmó la carta de renuncia, pues está probado que es una labor sistemática del empleador con varios empleados de la empresa).

No fraccionamiento, tiene alternativas si el fraccionamiento es por baja producción

“una gran alternativa es adelantarles vacaciones o vacaciones colectivas, de tal manera que no está terminando la relación laboral”

Quedan claros los riesgos del fraccionamiento del contrato de trabajo, de tal manera que si el empleador lo viene haciendo bajo el argumento que durante esos días tiene una baja producción, una gran alternativa es adelantarles vacaciones o vacaciones colectivas, de tal manera que no está terminando la relación laboral, pues durante vacaciones la relación sigue vigente y simplemente el empleador está cumpliendo con un derecho que será anticipado para algunos trabajadores como son las vacaciones colectivas.

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