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Nombres de deudores morosos de conjuntos residenciales podrán ser expuestos en listas públicas

Así lo autorizó la Corte Constitucional autorizó argumentando que no se viola el buen nombre porque son hechos ciertos y comprobables. Sin embargo, no se pueden publicar datos sensibles.

Fecha de publicación: 26 de julio de 2019
Nombres de deudores morosos de conjuntos residenciales podrán ser expuestos en listas públicas
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Así lo autorizó la Corte Constitucional autorizó argumentando que no se viola el buen nombre porque son hechos ciertos y comprobables. Sin embargo, no se pueden publicar datos sensibles.

La Corte aclaró que este tipo de listados se podrá exponer únicamente en lugares donde no haya tránsito constante de visitantes y no en cualquier lugar del conjunto residencial, como la recepción. Sin embargo, el fallo advirtió que, a pesar de la posibilidad de hacer públicos los nombres, no se pueden dar otros datos personales que afecten la intimidad de los propietarios o arrendatarios.

“No están autorizados a publicar datos sensibles que tienen que ver con la información no relevante para la comunidad y, sobre todo, que tiene que ver con la protección de la intimidad de cada persona”, comentó la presidenta de la Corte, Gloria Stella Ortíz.