Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Norma de bancarización y su aplicación para pasivos que se deduzcan en la declaración de renta


Norma de bancarización y su aplicación para pasivos que se deduzcan en la declaración de renta
Actualizado: 21 agosto, 2018 (hace 6 años)

La norma de bancarización también establece límites para aceptar fiscalmente los pasivos cancelados en efectivo. Sin embargo, se entiende que esta disposición solo aplica a los pasivos que se declaren a diciembre 31 y no para aquellos que nacen y se cancelan en el año fiscal.

“La norma solo tiene aplicación práctica para los pasivos fiscales que se comiencen a denunciar en las declaraciones de renta del año gravable 2017 y siguientes”

La norma del artículo 771-5 del ET o de bancarización establece que a partir de este año los contribuyentes del impuesto de renta y/o declarantes de IVA deberán comenzar a utilizar los canales financieros para que la Dian acepte fiscalmente el valor de los costos o gastos que quieran deducir en sus declaraciones de renta, al igual que los IVA descontables que pretendan restarse en sus declaraciones de IVA.

Sobre la norma de bancarización

  • No solo aplica para los conceptos antes mencionados, sino también para los procesos de aceptación fiscal de los pasivos que se denuncien en las declaraciones de renta.
  • La norma solo tiene aplicación práctica para los pasivos fiscales que se comiencen a denunciar en las declaraciones de renta del año gravable 2017 y siguientes, los cuales se deben empezar a cubrir desde el 2018 por canales financieros.
  • Los pasivos que nacen y se cancelan totalmente durante el respectivo año fiscal no quedarían sometidos a los límites de la norma de bancarización y no habría problema si todos estos se pagaron en efectivo.

Importancia de analizar cada caso en particular

Sobre el tema es pertinente plantear los siguientes interrogantes:

  • Al cierre del 2018 se tiene un pasivo de $100.000.000 por un préstamo de un particular con el que se compró un bien raíz, el cual se pagó en efectivo en 2019. Además, durante el 2019 no se incurrió en ningún costo o deducción. ¿Qué pasa si la Dian revisa la declaración del 2018 antes que se produzca su firmeza?
  • Durante el 2018 no se incurre en costos y deducciones y solo se pagó en efectivo un valor de $20.000.000 por costos y deducciones que habían quedado causados en 2017. ¿Qué pasa si la Dian revisa la declaración de 2017 antes que se produzca su firmeza?

Alrededor del primer caso expuesto, es delicado establecer que la aceptación de los pasivos de ejercicios anteriores dependa de los costos y deducciones totales del año en el que se paga el pasivo.

Para el segundo caso, es delicado que los costos y gastos causados en un año anterior, pero que se pagan en efectivo en un año posterior, también queden sujetos a que solo serán aceptados si durante ese nuevo año posterior donde se realiza su pago exista un valor por concepto de costos y gastos sobre el cual se puedan calcular los porcentajes del artículo 771-5 del ET.

Si quiere ampliar esta información y obtener respuesta sobre los interrogantes aquí planteados, le invitamos a leer nuestro análisis Bancarización no aplica a pasivos que nacen y se cancelan durante el año fiscal.

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