Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Novedades sobre el subsidio a la prima de servicios establecido en el Decreto Ley 770 de 2020


Actualizado: 26 octubre, 2020 (hace 3 años)

Responde conferencista: Angie Vargas

¿Qué novedades hay en torno al pago del subsidio a la prima de servicios establecido mediante el Decreto 770 de 2020?

Pregunta resueltas 19 de Octubre de 2020

En este consultorio, la Dra. Angie Marcela Vargas, especialista en Derecho Laboral y de Seguridad Social señala cuáles son las novedades relacionadas con el Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios –PAP–, creado por el Gobierno nacional mediante el Decreto 770 de 2020 con la finalidad de contrarrestar la crisis económica que ha ocasionado la pandemia del COVID-19.

Recordemos que, en condiciones normales, la prima de servicios que califica como una prestación social está regulada por lo establecido en los artículos 306 y siguientes del Código Sustantivo del Trabajo.

Este beneficio, que corresponde a un salario cuando se ha laborado durante todo el año, debe ser cancelado directamente al trabajador en dos cuotas, en las siguientes fechas: 30 de junio y 20 de diciembre, valores que no deben ser tomados como base para efectos de liquidar y pagar la seguridad social (salud, pensión y ARL).

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