Las reglas más recientes emitidas por el GAFI para regular los mercados de activos virtuales en el mundo, para prevenir el lavado de dinero y financiamiento del terrorismo, representan el primer paso a nivel mundial para establecer una claridad regulatoria para este tipo de instrumentos.
En la última reunión del Grupo de Acción Financiera Internacional –GAFI–, llevada a cabo el 21 de junio de 2019, se emitieron nuevas reglas de carácter vinculante que los países miembros de este organismo intergubernamental y los proveedores de servicios deberán aplicar para mitigar el lavado de dinero en el uso de activos virtuales, tales como el bitcoin y cualquier otra criptomoneda.
Las reglas creadas por el GAFI, entidad vinculada a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico –OCDE–, son adoptadas por los países, a distintos ritmos.
El GAFI informó sobre una nueva nota interpretativa a una de sus recomendaciones, la número 15, con la cual se establece que los proveedores de activos virtuales (como las casas de cambio de compraventa de estos) deberán obtener y compartir información respecto a los originadores y beneficiarios de una operación con este tipo de activos.
De igual forma, se publicó una guía para que los países y proveedores de activos virtuales tengan medidas antilavado, con el objetivo de ayudarlos a comprender y cumplir con las obligaciones en esta materia que cada país deberá emitir con estas nuevas medidas del GAFI.
En el corto plazo, gobiernos e instituciones privadas deberán realizar inversiones para mitigar el riesgo de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo que representan las criptomonedas. Se estima que en la actualidad existen más de 2.200 tipos de activos virtuales.La firma Chainalysis, especializada en ofrecer soluciones antilavado basadas en blockchain, ha destacado que las criptomonedas que priorizan el anonimato de quien las posee son las que representan un mayor riesgo de lavado de dinero.
El GAFI comenzará con revisiones de la adopción de estas medidas a partir de junio del 2020, mientras establece una metodología para realizar dichas verificaciones en cada uno de sus más de 200 miembros.
Según la guía, quienes brindan servicios vinculados a activos virtuales “deben estar sujetos a sistemas efectivos que permitan monitorear las actividades que prestan para sus clientes y garantizar el cumplimiento de los requisitos nacionales de prevención del lavado”.
Para las transferencias en moneda virtual se aconseja identificar al vendedor y al beneficiario. Dentro del mundo digital, las categorías “potencialmente más relevantes” son: servicios de transferencia de dinero o valor, aceptación de depósitos y otros fondos reembolsables del público, emisión y gestión de medios de pago, comercio en moneda extranjera o valores negociables, cambiadores de monedas virtuales descentralizadas y procesadores o remitentes de pagos.