Pensionados con mesadas de 10 millones de pesos o más también son sujetos pasivos del impuesto.
Recaudo será a través del mecanismo de retención en la fuente, con la Dian como canal, y será trasladado al Fondo de Mitigación de Emergencias.
La medida aplicará desde el 1 de mayo hasta el 31 de julio de 2020.
Pensionados con mesadas de 10 millones de pesos o más también son sujetos pasivos del impuesto.
Recaudo será a través del mecanismo de retención en la fuente, con la Dian como canal, y será trasladado al Fondo de Mitigación de Emergencias.
La medida aplicará desde el 1 de mayo hasta el 31 de julio de 2020.
El 15 de abril de 2020, dentro del gran paquete de normativas que expidió el Gobierno nacional en medio de la emergencia económica y sanitaria por el COVID-19, se dio a conocer el Decreto Ley 568, a través del cual se creó el impuesto solidario, con destinación específica para inversión social en la clase media más vulnerable y en los trabajadores informales.
Se trata de un impuesto por tres meses, a partir del 1.° de mayo y hasta el 31 de julio de 2020, obligatorio para todos los funcionarios que trabajan en el sector público y ganan más de 10 millones de pesos.
Para las personas que tienen un rango salarial entre 10 millones y 15 millones de pesos hay una tarifa menor, y para los que están por encima de 15 millones una tarifa mayor.
El aporte se recaudará a través del mecanismo de retención en la fuente, con la Dian como canal, y será trasladado al Fondo de Mitigación de Emergencias –Fome–. $1.800.000 del primer abono quedará libre del impuesto.
El Decreto Ley también establece que los pensionados con mesadas de 10 millones de pesos o más también, son sujetos pasivos del impuesto solidario.
“Quiero destacar que se han incluido ahí las megapensiones de más de $10 millones. Es decir, todos los colombianos que tengan megapensiones de más de $10 millones, por un período de tres meses, también van a contribuir a esta fuente de ingreso solidario para proteger a los sectores vulnerables”, dijo el presidente Iván Duque durante la socialización de la nueva normativa.
A través del decreto también se invita a los funcionarios del Estado y contratistas que tengan ingresos inferiores a los 10 millones de pesos para que realicen un aporte voluntario con destinación al Fome. Quienes decidan contribuir deberán informarlo por escrito. Estas son las tarifas:
Las personas naturales vinculadas por contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión pública de salarios y honorarios mensuales periódicos inferiores a $10.000.000, que vayan a efectuar el aporte mensual solidario voluntario, deben informarlo por escrito, por cualquier medio, al pagador del respectivo organismo o entidad, dentro de primeros cinco días de los meses de mayo, junio y julio de 2020.