Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Nuevo marco regulatorio para créditos de libranza podría ser ley


Actualizado: 9 septiembre, 2016 (hace 8 años)

Sobre la mesa está el Proyecto de ley 034/16S, 07/26/2016, con el que se reformaría la Ley 1527 del 2012 para crear un nuevo marco jurídico regulatorio de los descuentos que se realizan del salario del trabajador por parte de las entidades pagadoras o de sus patronos aplicables a créditos de libranza.

Se propone que los descuentos que se realicen por cuenta de la adquisición de productos y servicios financieros solamente puedan ejecutarse si media autorización expresa por parte del titular del salario o de la pensión, con lo cual se pretende proteger el salario del titular.

El proyecto de ley dice que las personas jurídicas que quedarían autorizadas para ser operadoras de libranza serían:

  • Las entidades autorizadas por la ley para el manejo del ahorro del público, de los aportes o ahorros de sus asociados.
  • Las entidades que realizan dicha operación disponiendo de sus propios recursos o a través de mecanismos de financiamiento autorizados por la ley.
  • Los clubes sociales de oficiales, suboficiales, miembros del nivel Ejecutivo y agentes de la fuerza pública y asociaciones de pensionados o de personal con asignación de retiro de la fuerza pública.

Por su parte, y a excepción de las entidades operadoras de libranza vigiladas por la Superfinanciera, la Superindustria sería la entidad encargada de velar por la protección al consumidor en las operaciones de adquisición de bienes o prestación de servicios en que se otorgue de forma directa financiación.

Fuente: Senado de la República.

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