Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

[Editorial] Nuevos controles exigen evitar la evasión y elusión por parte de las personas naturales – María Cecilia Zuluaga


Inicia la época de remover el pasado. Y con esto no quiero profundizar en cuestiones mucho más trascendentales que la búsqueda, lista en mano sugerida por el contador de la empresa, de los certificados de saldos, ingresos, inversiones, facturas de compra, letras, pagarés y relación de pagos… en fin, todo lo necesario para determinar el patrimonio al 31 de diciembre, además de ingresos y pagos que constituyen deducciones por el 2015 para la declaración de renta.

Los contribuyentes, quienes vemos desde afuera las responsabilidades que tienen nuestros compañeros contadores, nos preguntamos por qué tanta anticipación para reunir la información, y no es para menos. Las reglas del juego cambian año tras año y, en el caso particular de la preparación de esta declaración y su complementario de ganancia ocasional del año gravable 2015, se dará aplicación por primera vez a los importantes cambios que la Ley 1739 de diciembre 23 del 2014 efectuó a varios de los aspectos sustantivos del impuesto de renta.

Adicionalmente, gracias a la inmensa cantidad de nuevos reportes de información exógena que la DIAN solicitó por el año gravable 2015 a los bancos, empleadores, departamentos y municipios del país, es fácil suponer que dicha entidad podrá contar esta vez con más datos que le permitirán identificar a muchas más personas naturales y/o sucesiones ilíquidas obligadas a presentar la declaración de renta del año gravable 2015. Gracias a esos nuevos reportes, la gran mayoría de empleadores le reportarán a la DIAN quiénes fueron sus empleados y cuánto devengaron en el año, sin importar el monto. Por tanto, la DIAN podrá rastrear esta vez de mejor forma si las personas naturales excedieron o no los topes de ingresos brutos del 2015 o de patrimonio bruto al cierre del 2015, y con los cuales quedarían obligados a declarar renta.

Por otra parte, mientras los contadores resuelven lo urgente, otros sucesos fiscales están por definirse desde el Gobierno Central como es la expedición del Decreto Único Reglamentario –DUR– en materia tributaria, el cual contendrá las normas tributarias y aduaneras que no han sido incluidas en los DUR expedidos por el Ministerio de Hacienda.

También se destaca el paso que posiblemente hará por el Congreso la próxima reforma tributaria estructural fundamentada en el estudio preparado por la Comisión de Expertos para la Equidad y Competitividad Empresarial que fue entregado al finalizar el 2015, la cual ha generado muchas expectativas dado la enorme misión que trae consigo, que es la de sanear el déficit fiscal debido a la compleja coyuntura económica que vive el país, la cual debe ser una herramienta pensada para estabilizar el sistema de impuestos a mediano plazo y no un paliativo fiscal de corto alcance.

La presente edición tiene incluida la cartilla “Declaración de Renta para personas naturales y sucesiones ilíquidas – Fundamentos y guía para la presentación, año gravable 2015”, herramienta de práctica consulta con la más actualizada información sobre el tema, que contiene liquidadores avanzados de los formularios 110, 210, 230 y 240, instrumentos indispensables debido a que dichas plantillas están diseñadas para preparar directamente las declaraciones con sus respectivos anexos; esto a fin de facilitar y agilizar las labores de los profesionales de la Contaduría Pública.

Agradecemos como siempre a nuestros usuarios y suscriptores por su invaluable acompañamiento.

María Cecilia Zuluaga
Arquitecta y Magíster en Contenidos Digitales de la Universidad de Barcelona. Directora de Generación de Contenidos en actualicese.com
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