Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Nuevos lineamientos para teletrabajo y trabajo en casa


Actualizado: 4 junio, 2020 (hace 4 años)

Ministerio del Trabajo entregó lineamientos para que empleadores tengan presente para quienes trabajan desde casa o realizan teletrabajo.

A través de la Circular 0041 del 2 de junio de 2020, el Ministerio del Trabajo entrega una serie de lineamientos para desarrollar el teletrabajo como los límites, derechos y obligaciones que deben tener en cuenta las empresas y los trabajadores.

“Cuando el trabajador desarrolla su función desde su domicilio o en un lugar distinto a su sitio de trabajo, de forma ocasional y temporal, no es considerado como un teletrabajo porque continúa con las mismas condiciones de su contrato laboral como si estuviera realizando su función de manera presencial”, señala el Ministerio de Trabajo.

Se continúa respetando el Código Sustantivo del Trabajo y el empleador debe mantener las mismas disposiciones. La jornada laboral no se puede extender 48 horas a la semana, máximo 2 horas extras diarias y 12 horas extras diarias semanales.

Para su correcto desarrollo los trabajadores, empleadores y administradoras de riesgo deben atender los siguientes lineamientos relacionados con: relación laboral, jornada de trabajo, vida familiar y personal y riesgos laborales.

La circular también destaca que por estar en una situación de aislamiento preventivo y obligatorio se debe tomar en cuenta que los trabajadores conviven con niños, adultos mayores u otros familiares, desempeñando distintos roles como padres, madres e hijos, lo cual supone que debe armonizarse la vida laboral con la familiar y personal, respetando los tiempos de una y otra actividad en casa.

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