Si una persona natural que trabaja en Pakistán recibe ingresos por servicios, los cuales son consignados en una cuenta en Colombia, y estos superan los topes por consignaciones, ¿queda obligado a declarar renta?, y de ser afirmativa la consulta, ¿qué costos pueden tomarse como deducciones?
Resuelta 06 de julio de 2017
Si una persona natural que trabaja en Pakistán recibe ingresos por servicios, los cuales son consignados en una cuenta en Colombia, y estos superan los topes por consignaciones, ¿queda obligado a declarar renta?, y de ser afirmativa la consulta, ¿qué costos pueden tomarse como deducciones?
Resuelta 06 de julio de 2017
Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, señala que lo primero que se debe determinar para dar respuesta al interrogante es si la persona natural es residente para efectos tributarios, es decir, si cumple con lo dispuesto en el artículo 10 del Estatuto Tributario, porque en tal caso la persona al momento de realizar su declaración de renta deberá tomar los ingresos tanto de fuente nacional como de fuente extranjera.
Ahora bien, si los dineros que está percibiendo en otro país están siendo consignados en Colombia, se debe revisar el tope de las consignaciones para determinar si queda o no obligado a declarar renta por dicho concepto.