Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Obligación de reconocer inventarios de productos agrícolas por entidad del Grupo 2


Actualizado: 26 abril, 2017 (hace 7 años)

¿Una entidad del Grupo 2, que es comerciante de productos agrícolas altamente perecederos está obligada a llevar inventario ya que todo se compra sobre pedido y al día siguiente se vende todo el inventario?

El Dr. Juan David Maya menciona que, desde el punto de vista financiero, no hay problema en llevar todo al costo de ventas y que la incidencia puede darse tal vez desde el punto de vista fiscal. Para el caso presente es importante precisar que las normas sobre estados financieros están diseñadas para que los procesos sean menos complejos; que desde el punto de vista financiero puede llevarse directamente como costo de venta; y que, sin embargo, para temas fiscales sí se debe evaluar la necesidad de llevar un kardex o un control de inventarios parar poder soportar esta deducción.

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