Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Obligaciones del comprador


Actualizado: 27 abril, 2015 (hace 9 años)

Generalmente en los contratos comerciales se generan obligaciones para las partes; en el contrato de compraventa intervienen dos partes: el vendedor quien se obliga a entregar una cosa, y el comprador quien paga un precio por ésta.

Dentro de las obligaciones del comprador es importante señalar que la principal responsabilidad recae sobre el pago del precio convenido.

Pago del precio convenido: deberá ejecutarse en el tiempo y lugar pactado o, en su defecto, en el tiempo y lugar en que se hace la entrega. En el comercio el precio convenido comprende a veces simplemente el valor de las mercancías, mientras que en otros casos, se le añade el coste del transporte hasta el lugar de destino e, incluso, el coste del seguro. Existen modalidades de pago, es decir, puede realizarse al contado o a plazos.

Recibir la cosa comprada: el comprador está obligado a recibir o retirar la cosa en el lugar y momento adecuado, sin embargo, cuando las mercancías tengan vicios o defectos de cantidad o calidad, o la entrega se efectúe por fuera del tiempo convenido, el comprador puede negarse a recibirlas.

Salvo que las partes estipulen lo contrario, la obligación de pagar el precio sigue de forma inmediata a la entrega de la cosa, por lo que ha de entenderse que en caso de pretender efectuar un pago aplazado, deberá existir un pacto especial entre las partes.

La recepción de la cosa comercializada: el comprador debe facilitar la entrega de la mercancía por parte del vendedor haciéndose cargo de ella; el alcance de esta obligación dependerá del lugar y del momento de la puesta a disposición por parte del vendedor.

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