Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Obligaciones y beneficios en el régimen tributario especial y novedades frente a la Ley 1943 de 2018


Ficha técnica:

  • Categoría: Impuestos
  • Fecha de publicación: Abril 24 de 2019
  • Fecha de grabación: Abril 15 de 2019
  • Duración: 1 hora 35 minutos
Actualizado: 24 abril, 2019 (hace 5 años)

Aquí hablaremos sobre...

La Ley 1943 de 2018 introdujo algunos cambios relacionados con el régimen tributario especial –RTE–, entre los cuales puede mencionarse la referencia del artículo 364-3 del ET, la cual pasó de llamarse “exclusión del régimen tributario especial” a “pérdida de los beneficios del régimen tributario especial”. 

El artículo 364-3 del ET, luego de la modificación efectuada por el artículo 62 de la Ley 1943 de 2018, hace referencia a la pérdida de los beneficios del régimen tributario especial. La nueva versión de este artículo señala cambios muy importantes, por ejemplo, con relación a que las entidades pertenecientes a este régimen podrán solicitar su calificación para el año siguiente a la pérdida de esta. Lo anterior es una novedad relevante debido a que antes de la Ley de financiamiento, solo se permitía que dichas entidades realizarán tal proceso pasados tres años desde su exclusión. 

Igualmente, la Ley 1943 de 2018 modificó el parágrafo 4 del artículo en mención con relación a la procedencia de los recursos de reposición y apelación, en la situación en que una entidad pierda los beneficios aplicables a este régimen tributario. 

Nota: Tener en cuenta que el artículo 204 del Plan Nacional de Desarrollo para la vigencia 2018-2022 contenido en la Ley 1955 de mayo 25 de 2019, adicionó un inciso al parágrafo 2 del artículo 114-1 del ET, el cual  ya había sido modificado con el artículo 118 de la Ley 1943 de 2018 para indicar que las cooperativas, por no requerir calificación para operar en el régimen especial, empezaban a ganarse la exoneración de aportes al Sena, ICBF y EPS. Dicho inciso aclara la conservación de dicha exoneración.

Objetivos 

  1. Conocer las obligaciones y beneficios aplicables al régimen tributario especial RTE–. 
  2. Señalar los procesos más importantes que deben tener en cuenta las entidades para calificar al régimen tributario especial RTE–. 
  3. Identificar los cambios introducidos por la Ley 1943 de 2018, con relación al régimen tributario especial RTE–. 

Temario 

  • Composición del sistema tributario. 
  • Cuadro comparativo entre los contribuyentes del régimen tributario especial y las cooperativas. 
    • Régimen al que pertenecen. 
    • Tipo de declaración a presentar. 
    • Responsabilidad en el RUT. 
    • Registro en cámara de comercio. 
    • Libros de contabilidad. 
    • Reporte de conciliación fiscal. 
    • Ingresos y egresos fiscales. 
    • Remuneración de los cargos directivos y gerenciales. 
    • Determinación de la renta. 
    • Información exógena. 
    • Registro web y memoria económica. 
    • Otros aspectos para tener en cuenta en el –RTE–. 
    • Novedades frente a la Ley 1943 de 2018. 
    • Caso práctico sobre determinación del impuesto de renta para este régimen. 

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Alexander Cobo Barrera
Contador público de la Universidad del Valle. Especialista en gerencia tributaria y docencia para la educación superior. Posee una experiencia de 18 años como asesor y consultor empresarial en materia tributaria, además de un extenso recorrido en el ejercicio de la revisoría fiscal. Ha sido consultor en procesos de implementación de NIIF para Pymes. En el ejercicio de la docencia ha tenido una amplia trayectoria en la Universidad del Valle; así mismo, en el diplomado en impuestos de la Universidad del Valle sede Tuluá, siendo titular en las cátedras de matemáticas financieras, contabilidad general, auditoría, contabilidad de costos y derecho tributario empresarial. Autor de las publicaciones como “Declaración de renta para personas naturales 2014” y “Cartilla de actualización tributaria 2015”; también ha participado como escritor para la revista "Acopi Informa" - Cauca y fue conferencista en entidades gremiales como Acopi Cauca y Fenavi. En la actualidad es conferencista de Actualícese a nivel nacional, en materia de impuestos, y es socio fundador y conferencista de la compañía Grupo ACB consultores y asesores SAS.
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