Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Obras por impuestos año gravable 2017: empresas a las que se les aprobó la solicitud de vinculación


Obras por impuestos año gravable 2017: empresas a las que se les aprobó la solicitud de vinculación
Actualizado: 9 mayo, 2018 (hace 6 años)

El 5 de mayo de 2018 el Ministerio de Hacienda publicó un comunicado para informar sobre las empresas, entre ellas Ecopetrol, que empezarán a ejecutar los primeros proyectos de obras públicas en municipios considerados como Zomac, los cuales costarán 220.000 millones de pesos.

“De acuerdo con dicho comunicado, Ecopetrol, EPM, Enertolima, Corona y Servigenerales figuran entre las empresas a las cuales se les permitirá ejecutar un total de 23 proyectos de obras públicas”

El pasado 5 de mayo de 2018, a través de un comunicado de prensa, el Ministerio de Hacienda informó los nombres de algunas de las personas jurídicas contribuyentes del impuesto de renta a las cuales se les aprobó la solicitud para poder vincular una parte de su impuesto de renta del año gravable 2017 a la figura de obras por impuestos (creada con el artículo 238 de la Ley 1819 de 2016 y reglamentada con el Decreto 1915 de noviembre de 2017).

De acuerdo con dicho comunicado, Ecopetrol, EPM, Enertolima, Corona y Servigenerales figuran entre las empresas a las cuales se les permitirá ejecutar un total de 23 proyectos de obras públicas (con costos que ascienden a 220.000 millones de pesos) y que se ejecutarán en un total de 25 municipios, los cuales hacen parte del listado de los 344 calificados como zonas más afectadas por el conflicto armado –Zomac– (ver artículos 235 a 237 de la Ley 1819 de 2016 y el Decreto 1650 de octubre de 2017). En el comunicado se expone que:

“Entre las solicitudes aprobadas se destacan el mejoramiento de la vía El Paujil – Cartagena del Chairá, en Caquetá, que, con una inversión de 35.647 millones de pesos, realizará Ecopetrol; la construcción, por parte de Enertolima, del segundo circuito de 34,5 kilovatios entre Planadas y Rioblanco, en el Tolima, con una inversión de 11.466 millones de pesos; y la construcción de una nueva sede para la Institución Educativa Departamental La Danta, en el municipio de Sonsón (Antioquia), la cual se realizará con una inversión de 6.471 millones, y que será ejecutado por varias empresas, entre ellas industrias Corona, y la Clínica Mediláser.”

La película que vivieron quienes estuvieron interesados en vincularse a obras por impuestos

Es importante destacar que esta es la primera vez en que se estrena el mencanismo de obras por impuestos creado con la Ley 1819 de 2016 y reglamentado de forma bastante tardía con el Decreto 1915 de noviembre de 2017 (el cual luego fue incluso modificado con el Decreto 292 de febrero 15 de 2018).

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En efecto, solo hasta el día 16 de marzo de 2018 la Agencia de Renovación del Territorio –ART– tuvo listo el banco de proyectos elegibles a los cuales se podían vincular las empresas para que una parte de su impuesto a cargo del año gravable 2017 (fuese con la modalidad 1 o modalidad 2) pudiera ser cancelado mediante la figura de obras por impuestos (ver los renglones 88 a 90 del formulario 110 para declaración de renta del año gravable 2017 y/o fracción de año gravable 2018). De lo que se deduce que la empresas solo tuvieron plazo entre el 16 de marzo y el 31 de marzo (en plena semana santa) para radicar virtualmente en el portal de la ART la respectiva solicitud de vinculación a las obras.

Por su parte, y según lo pactado, la ART se tomaría todo el mes de abril de 2018 para estudiar dichas solicitudes y decidir si las aprobaba o no. Mientras tanto, y de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1951 de noviembre de 2017 (que fijó el calendario tributario para año gravable 2018), las personas jurídicas que presentaron esas solicitudes podían decidir si presentaban o no en forma voluntaria su declaración de renta del año gravable 2017 y si pagaban o no las cuotas que se vencían entre febrero y abril de 2018. Si no las presentaban oportunamente, entonces podían esperar hasta mayo 25 de 2018 para hacerlo. Pero si la ART no les aprobaba la solicitud y para ese momento no habían presentado la declaración ni efectuado los pagos, entonces tendrían que presentarla con sanciones e intereses.

Considerado lo dicho hasta aquí, es evidente que la Dian deberá aclarar al respecto de la figura de obras por impuestos lo que sucederá con casos especiales como aquellos en que al contribuyente se le forma (o se le aumenta) un saldo a favor con solo utilizar el renglón 89 de su formulario de declaración de renta (vinculación con modalidad 1). Al respecto, opinamos que esos saldos a favor generados con la sola utilización de dicho renglón no pueden ser devueltos por la Dian, sino solo cuando la obra se haya ejecutado, asunto que consideramos requiere un pronto pronunciamiento de la Dian, pues el Decreto 1915 de noviembre de 2017 no lo aclara.

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