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Obras por impuestos, requisitos a presentar para obtener el beneficio tributario

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Qué documentación deben presentar los contribuyentes que desean acogerse a la figura de obras por impuestos y qué plazo se tiene para hacerlo?

Fecha de publicación: 22 de junio de 2018
Obras por impuestos, requisitos a presentar para obtener el beneficio tributario
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Qué documentación deben presentar los contribuyentes que desean acogerse a la figura de obras por impuestos y qué plazo se tiene para hacerlo?

Resuelta el 14 de junio de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, señala que las personas jurídicas que desean acogerse al beneficio tributario de obras por impuestos deben cumplir con las condiciones señaladas en el artículo 238 de la Ley 1819 de 2016, disposiciones reglamentadas a través de la expedición del Decreto 1915 de 2015.

Es de anotar que entre enero y marzo se recibieron las solicitudes de las personas jurídicas que decidieron acogerse a la aplicación del beneficio tributario por parte de la agencia de renovación de territorio; entidad que a finales de abril se encargó de emitir la lista de admitidos a dicho proceso.