Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.
Oficio 016810 de 27-06-2018
Actualizado: 27 junio, 2018 (hace 6 años)
DIAN
Oficio 016810 Junio 27 de 2018
La Dian afirma que la exención de IVA para servicios turísticos aplica al sujeto que recibe el servicio, independiente de por medio de quién se realice el pago del servicio objeto de la exención.