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Operaciones con partes vinculadas según la NIA 550

Este aparte de las normas de aseguramiento de la información fue diseñado con el fin de especificar las responsabilidades que tiene el auditor frente a las relaciones y transacciones con partes vinculadas ejecutadas por la entidad que revisa, o lo que en otros editoriales hemos denominado relacionadas.

Fecha de publicación: 6 de octubre de 2016
Operaciones con partes vinculadas según la NIA 550
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Este aparte de las normas de aseguramiento de la información fue diseñado con el fin de especificar las responsabilidades que tiene el auditor frente a las relaciones y transacciones con partes vinculadas ejecutadas por la entidad que revisa, o lo que en otros editoriales hemos denominado relacionadas.

La Norma Internacional de Auditoría 550 se refiere al tema de partes vinculadas y fue introducida al marco normativo nacional a través del anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 del 2015 –compilatorio de toda la normativa vigente al respecto de las Normas Internacionales de Información Financiera y las de aseguramiento de la información–.

Partes relacionadas según el Estándar de Información Financiera

Al preparar la información financiera según alguno de los marcos normativos internacionales, los departamentos contables deben evaluar el tipo de relación existente entre la organización y los terceros con los que lleva a cabo alguna operación, ya que en algunos casos la relación de cercanía entre las partes puede suscitar que una operación no se realice en las condiciones de un panorama común. Por tal razón, a fin de evitar sesgos e imprecisiones en la información presentada y, sobre todo, para facilitar la labor de revisión de los auditores, es necesario que los estados financieros adviertan qué tipo de operaciones podrían estar sesgadas a razón de los titulares que participan.

Así pues, el concepto de partes relacionadas, de tiene suma valía para quien prepare la información financiera, se refiere básicamente a una persona natural (y familiares cercanos) que es miembro del personal clave de la gerencia de la entidad o de una controladora, una persona que ejerce control total, conjunto o influencia significativa sobre dicha entidad o tiene poder de voto significativo sobre ella, o también puede ser otra entidad cuando formen parte del mismo grupo.

Partes vinculadas según la Norma de Auditoría

El auditor que evalúa la información consignada en los estados financieros sujetos a revisión debe conocer muy bien el concepto ya mencionado de partes relacionadas, y dominar al detalle todas las particularidades adicionales a las que se refiera el estándar según el grupo al que pertenezca la empresa. Además de esto, para efectos de la revisión, podrá catalogar un tercero en esta categoría si corresponde a:

a. Una persona u otra entidad que ejerce control o influencia significativa, de manera directa o indirecta a través de uno o más intermediarios, sobre la entidad que prepara la información financiera.

b. Otra organización sobre la que la empresa que prepara la información, tiene algún tipo de influencia o control.

c. Otra entidad que, como la que prepara la información, está bajo el control de otra; bien sea porque la controlante tiene derechos de propiedad sobre ambas entidades, porque los propietarios son familiares próximos o porque el personal clave de la dirección es compartido.

Esta condición no se aplica cuando ambas entidades se encuentren bajo control del Estado, a menos que entre ellas realicen transacciones o compartan recursos significativos.

Riesgos que involucran las operaciones entre partes vinculadas

“este tipo de negocios puede generar un riesgo más alto de incorrección material en los estados financieros. Esto ocurre, por ejemplo, debido a que es posible que los negocios se pacten sin especificar una contraprestación.”

Aunque por regla general, como lo mencionamos antes, las operaciones entre partes vinculadas o relacionadas deben llevarse a cabo en las condiciones normales del mercado, este tipo de negocios puede generar un riesgo más alto de incorrección material en los estados financieros. Esto ocurre, por ejemplo, debido a que es posible que los negocios se pacten sin especificar una contraprestación.

Responsabilidades del auditor

Es probable que el marco normativo de información financiera correspondiente a la organización incluya especificidades con relación al reconocimiento, medición, presentación y revelación de operaciones con partes relacionadas, con el fin de entregar al usuario datos que le permitan comprender la naturaleza de las operaciones y vislumbrar sus efectos reales o posibles. En el caso del Estándar Internacional para Pymes, estas condiciones fueron incluidas en la Sección 33, mientras que para el estándar pleno debe consultarse la NIC 24 y no existen requerimientos sobre el tema en lo que respecta a las microempresas.

Así pues, un auditor que evalúa la información financiera debe ser cuidadoso al verificar que los estados financieros cumplen con los requerimientos del marco normativo fuente. Para tal fin será necesario aplicar los procedimientos de auditoría requeridos para identificar, valorar y responder a los riesgos de incorrección material que puedan surgir por la contabilización o revelación inadecuada por parte de la entidad.

“el auditor deberá velar por dos cuestiones específicas: la representación fiel y que la información no induzca a errores”

En este contexto, aún si el marco normativo correspondiente para la preparación de la información financiera de la entidad lo indica o no de forma explícita, el auditor deberá velar por dos cuestiones específicas: la representación fiel y que la información no induzca a errores.

Escepticismo profesional: la principal herramienta del auditor

Clasificar a los terceros de una compañía en el grupo de partes relacionadas o vinculadas puede ser una tarea bastante compleja si se tiene en cuenta el tamaño de la organización y la cantidad de terceros. Además, hay que tener en cuenta lo amplio de la definición, sobre todo en lo que respecta a las personas naturales, pues en dicho caso la norma internacional no es específica y, por consiguiente, el auditor deberá limitar la clasificación a todo aquel que pueda influir sobre el titular, lo cual se hace extensivo a parejas sentimentales, padres o hasta amigos cercanos.

Por tal motivo es probable que, ni siquiera quienes preparan y revisan la información, puedan dar cuenta real de la totalidad de partes relacionadas en una organización. Por tanto, ya que esta situación aumenta la probabilidad de fraudes – si existen relaciones entre partes relacionadas que no están reveladas–, el auditor está comprometido a ejecutar su función con total escepticismo profesional, como lo indica la NIA 200, pues esto le permitirá identificar y valorar los riesgos de incorrección material asociados y el diseño de procedimientos que den respuesta a los riesgos valorados.

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